Les exponemos el resumen de las Medidas económicas para los Autónomos frente al COVID-19 derivadas del RDL 8/2020 se limitan a dos líneas en el articulo 17 de dicho RDL.
Prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
No obstante, vamos a intentar hacer un resumen de todas aquellas medidas para los Autónomos. O las cuales se puedan sumar.
Medidas económicas para los Autónomos frente al COVID-19.
Vamos a ir de lo mas específico para Autónomos a lo mas general, al cual ellos también podrían unirse.
Prestación extraordinaria por Cese de Actividad
Con vigencia de un mes o hasta que acabe el Estado de Alarma, si este durase mas tiempo. Incompatible con cualquier otra prestación del sistema de Seguridad Social.
La finalidad de esta prestación es cubrir la situación de finalización de la actividad de los Autónomos. Provocadas por una situación en todo caso involuntaria y que siempre debe ser debidamente justificada para acceder a la correspondiente prestación económica.
De la gestión de esta prestación se encargan las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social. Y el Instituto Social de la Marina para los trabajadores del mar. Y todos ellos con la colaboración de los servicios públicos de empleo de las Comunidades Autónomas.
Para mas detalle puede leerlo en este articulo.
Avales para la financiación
Concedidos por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, según el art 29 del RDL 8/2020.
Su objetivo es atender las necesidades derivadas, entre otras, de la gestión de facturas, necesidad de circulante, vencimientos de obligaciones financieras o tributarias u otras necesidades de liquidez.
Estos avales forman parte de un paquete de hasta 100.000 millones de euros. Aún está pendiente de que se regulen las condiciones, plazos y requisitos de estos avales.
Medidas para los Autónomos en Madrid
Podemos remitirnos a otra publicación nuestra donde exponemos las medidas tomas por el Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid, a las cuales se pueden sumar los Autónomos.
Así mismo, las ayudas a las Pymes ya existentes en las que se pueden encuadrar los Autónomos que cumplan los mismos requisitos.
Aplazamiento de deuda tributaria
Real Decreto-ley 7/2020 contempla una medida para flexibilizar los aplazamientos de deudas tributarias aplicable, únicamente, a Pymes y autónomos. Para mas detalle puede leerlo en este articulo.
Expedientes de Regulación de Empleo Temporal. ERTE
Al igual que ocurre con las empresas. Los Autónomos que tengan empleados contratados, podrán solicitar:
- Suspensión del contrato de trabajo o reducción de jornada (ERTE) por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o derivadas de fuerza mayor (ERTE por fuerza mayor)
Modificación temporal del contrato de alquiler de un local comercial
Como existe jurisprudencia al respecto, entendemos que es posible exigir de forma temporal dicha modificación. Aunque en nuestra opinión, es mejor llegar a un acuerdo razonable entre las partes.
Según vayan publicándose mas medidas que específicamente o no, apliquen en el caso de los Autónomos, les seguiremos informando.
Arrabe Integra
Asesores de Empresa