Bases: Orden ECD/1345/2016 (BOE 05-08-2016)
Convocatoria. Extracto: RSL 23-03-2017(BOE 04-04-2017)
Se convocan ayudas dirigidas a la contratación de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, de jóvenes de más de 16 años y menores de 30 años que cumplan los requisitos del sistema de Garantía Juvenil y no tengan ninguna ocupación laboral.
Se entiende por personal a contratar aquellos jóvenes que cumplan con los siguientes requisitos:
- Encontrarse Inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
- Haber participado en una acción formativa desarrollado por EOI en el marco del programa del Programa Operativo de Empleo Juvenil.
Los beneficiarios serán las empresas preferentemente del sector de gran consumo, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.), con sede o centro de trabajo ubicado en el territorio nacional español, que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos, realicen contratación de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil.
El plazo de solicitud de las ayudas es de 30 días naturales a contar desde el 5 de abril de 2017.
Para que la contratación sea subvencionable, la duración de los contratos debe ser por un plazo mínimo de 6 meses a jornada completa, o el tiempo equivalente en jornada a tiempo parcial, no pudiendo ser esta inferior al 50% de la jornada completa.
Los beneficiarios formalizaran los contratos dentro de los 15 días siguientes a la fecha de resolución de esta convocatoria que se fijará en la resolución de concesión y en el momento de la formalización dispondrán de 7 días naturales para su comunicación a la Fundación EOI.
Los conceptos financiables serán los gastos derivados de la contratación de personal de acuerdo con la normativa laboral vigente. Este coste incluye la retribución bruta y la cuota empresarial de la seguridad social percibidas durante el período de ejecución de la ayuda, cuyo importe máximo subvencionado está fijado en 5.000€ por contrato, no pudiendo superar este importe el 90% del coste laboral total del contratado que sea subvencionable.
Arrabe Integra, S.L.
Departamento Laboral y Gestión de RR.HH.