Recibir la visita de la Inspección de Trabajo es una posibilidad real para cualquier empresa, independientemente de su tamaño o sector. Muchos empresarios solo se plantean esta cuestión cuando ya tienen al inspector en la puerta, y en ese momento las prisas pocas veces son buenas aliadas. Anticiparse es siempre la mejor estrategia: conocer qué revisan, cómo funciona el proceso y qué documentación debe estar en orden permite afrontar una inspección con la tranquilidad de quien no tiene nada que ocultar.
La Inspección de Trabajo en España: qué es y quién la ejerce
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) es el organismo público encargado de vigilar el cumplimiento de la normativa laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos en España. Depende del Ministerio de Trabajo y Economía Social y tiene potestad para actuar en cualquier empresa, con o sin previo aviso, solicitar documentación, entrevistar a trabajadores y levantar actas de infracción cuando detecta incumplimientos.
El contexto actual hace que la probabilidad de ser inspeccionado sea más alta que nunca. El Plan Estratégico de la ITSS 2025-2027, publicado en el BOE el 12 de septiembre de 2025, prevé la incorporación de 554 nuevos inspectores y subinspectores, así como una inversión de 28,5 millones de euros en digitalización y análisis de datos. Con la creación de un laboratorio de informática forense y el desarrollo de herramientas algorítmicas para la detección del fraude, la Inspección estará equipada para identificar irregularidades de manera rápida y eficiente.
Para las empresas, este refuerzo se traduce en una mayor probabilidad de ser revisadas y en un escrutinio más exhaustivo cuando se produzca la actuación inspectora.
Cómo llega una inspección a tu empresa
Una inspección de trabajo puede iniciarse de formas muy distintas, y no siempre existe un aviso previo. Los principales supuestos son los siguientes:
- Inspección programada. La empresa recibe una notificación con 24-48 horas de antelación. Suele producirse en el marco de campañas sectoriales planificadas por la ITSS.
- Visita sin previo aviso. El inspector se persona directamente en el centro de trabajo sin comunicación previa. Es el escenario que más sorprende a las empresas y en el que la organización documental marca la diferencia.
- Inspección por denuncia. Cuando un trabajador, un sindicato u otra parte interesada presenta una queja formal ante la ITSS. El Gobierno justifica el actual refuerzo de medios en el aumento del 43 % de denuncias y comunicaciones recibidas entre 2021 y 2024.
- Requerimiento documental telemático. La Inspección solicita documentación por vía electrónica, sin necesidad de desplazarse al centro de trabajo. La digitalización de los procedimientos y la implantación de la Sede Electrónica transformarán la relación de las empresas con la ITSS, exigiendo una mayor diligencia en la gestión documental y en la respuesta a los requerimientos.
Qué revisa la Inspección de Trabajo
El inspector puede examinar prácticamente cualquier aspecto relacionado con las obligaciones laborales, de Seguridad Social y de prevención de riesgos de la empresa. En la práctica, las actuaciones se concentran en una serie de áreas recurrentes.
Contratación y relaciones laborales
La regularidad de los contratos de trabajo es siempre uno de los primeros puntos de revisión. El inspector comprobará que todos los trabajadores tienen contrato formalizado, que la modalidad contractual es la correcta según la actividad realizada y que se ha comunicado al SEPE dentro de plazo.
El nuevo Plan Estratégico centra especialmente su atención en el control de la temporalidad, los contratos fijos discontinuos y la negociación colectiva, en línea con las modificaciones introducidas por la reforma laboral de 2021. También se revisa el uso de los períodos de prueba, que en los últimos meses está siendo objeto de especial vigilancia por posibles abusos.
Deben conservarse el contrato firmado, las prórrogas, las modificaciones y su correcta comunicación al SEPE. En contratos a tiempo parcial o de teletrabajo, deben constar las cláusulas específicas exigidas por la ley.
Registro de jornada y control horario
El registro de jornada laboral es uno de los puntos más inspeccionados y uno de los que más sanciones genera. Su obligatoriedad lleva vigente en España desde 2019 y afecta a todas las empresas, con independencia del número de trabajadores.
El inspector verificará que el registro recoge la hora real de inicio y finalización de la jornada de cada trabajador, que se conservan los datos y que el sistema utilizado ofrece fiabilidad y trazabilidad. El Plan 2025-2027 prevé la implementación de un sistema de registro horario digital y telemático que facilitará el control de las jornadas laborales, accesible tanto a empleados como a representantes sindicales y a la propia Inspección, con un período obligatorio de conservación de cuatro años.
Las infracciones relacionadas con el registro horario se encuadran generalmente como faltas graves en el marco de la LISOS, con un rango habitual de entre 626 y 6.250 euros por infracción, aunque la cuantía depende del tamaño de la empresa, la intencionalidad o la reincidencia.
Nóminas, salarios y cotizaciones a la Seguridad Social
El inspector comprobará que los salarios abonados se corresponden con lo estipulado en el contrato y en el convenio colectivo aplicable, que las nóminas están debidamente documentadas y que los pagos se han realizado por medios verificables. También revisará que la empresa está al corriente en el abono de las cotizaciones a la Seguridad Social y que todos los trabajadores están correctamente dados de alta.
La documentación que debe estar disponible incluye altas y bajas en la Seguridad Social, calendario laboral actualizado y visible, registro horario de cada empleado con fichajes de entrada, salida y pausas, y justificantes de vacaciones, permisos y ausencias.
Prevención de riesgos laborales
La seguridad y salud en el trabajo es otra de las áreas prioritarias de la Inspección, y en el nuevo plan estratégico se refuerza notablemente. El inspector solicitará la evaluación de riesgos laborales actualizada, el plan de prevención de la empresa, los certificados de formación en PRL de los trabajadores y la documentación relacionada con los equipos de protección individual y colectiva.
Además de las evaluaciones tradicionales, se exigirá un control más estricto sobre riesgos psicosociales y condiciones en el teletrabajo. Las empresas que cuenten con trabajadores en modalidad de teletrabajo deberán poder acreditar que han extendido la evaluación de riesgos también a este entorno.
Igualdad y no discriminación
Las obligaciones en materia de igualdad han adquirido un peso creciente en las actuaciones inspectoras. Se revisarán especialmente los planes de igualdad y los protocolos de acoso, así como la protección de los derechos del colectivo LGTBI+, exigiendo a las empresas que acrediten el plan actualizado de igualdad y los protocolos efectivos frente al acoso sexual y por razón de sexo u orientación sexual.
Actualmente están obligadas a disponer de un plan de igualdad las empresas con 50 o más trabajadores. No disponer de este plan puede suponer sanciones de entre 7.501 y 225.018 euros. Además, el registro salarial y el plan de igualdad suelen ser solicitados por la Inspección con independencia de cuál sea el objeto concreto de la revisión.
También se reforzará la campaña para asegurar el cumplimiento de la cuota del 2 % para personas con discapacidad en empresas de 50 o más trabajadores.
Subcontratación
Cuando una empresa recurre a la subcontratación, la Inspección también puede revisar las obligaciones derivadas de esta relación. En caso de subcontratación, la empresa debe mantener en su poder el justificante periódico en el que se indique que la empresa subcontratada se encuentra al corriente de pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, y como empresario principal está también obligado a comprobar, antes del inicio de la contrata, la afiliación y el alta en la Seguridad Social de los trabajadores que van a ser destinados a los trabajos.
Qué ocurre durante y después de una inspección
El desarrollo de una inspección sigue generalmente un orden establecido. El inspector se identifica, explica el motivo de la visita y solicita la documentación que considera necesaria. A partir de ahí, puede revisar contratos, nóminas, cotizaciones y registros, observar las condiciones del entorno laboral y entrevistar a trabajadores y directivos para contrastar la información.
La empresa está obligada a colaborar y facilitar la información solicitada. La documentación puede exigirse en el momento o concederse un plazo para su aportación. La falta de atención a un requerimiento constituye infracción administrativa.
Si el inspector detecta incumplimientos, puede emitir un requerimiento para que la empresa subsane la situación en un plazo determinado, o bien levantar directamente un acta de infracción. La empresa dispone de plazo para presentar alegaciones antes de que la sanción sea firme. En los casos más graves, puede paralizarse la actividad o iniciarse un procedimiento sancionador con efectos inmediatos.
Cómo preparar tu empresa para una inspección de trabajo
La mejor preparación es el cumplimiento continuo, no el parche de última hora. No obstante, es conveniente que cualquier empresa realice periódicamente una revisión interna para detectar posibles desajustes antes de que lo haga un inspector.
Los aspectos que deben estar siempre en regla son:
- Contratos de trabajo formalizados y comunicados al SEPE.
- Registro de jornada activo y con datos conservados durante al menos cuatro años.
- Nóminas y justificantes de pago archivados.
- Cotizaciones a la Seguridad Social al corriente.
- Evaluación de riesgos laborales actualizada.
- Formación en PRL documentada para cada trabajador.
- Plan de igualdad y registro salarial cuando corresponda por plantilla.
- Protocolos frente al acoso.
Establecer un protocolo interno de actuación ante una inspección —designando a un responsable que atienda al inspector y sepa dónde localizar cada documento— reduce el margen de error y transmite seriedad en la gestión.
La mayoría de las inspecciones se resuelven sin sanciones si la empresa puede demostrar orden y transparencia. El problema casi nunca es el incumplimiento deliberado, sino la desorganización documental que impide acreditar lo que sí se hace correctamente.
En Arrabe contamos con un equipo especializado en asesoramiento laboral que puede ayudarte a revisar el estado de cumplimiento de tu empresa, preparar la documentación necesaria y acompañarte durante cualquier actuación de la Inspección de Trabajo. Consúltanos sin compromiso.





