¿Necesitas que tus empleados hagan horas extra en tu negocio? Entonces es fundamental saber cómo cotizar horas extras de forma adecuada. En este post te explicamos todo lo que necesitas saber: definición y tipos de horas extraordinarias, su cotización y las formas de compensación. Todo para garantizar que cumples con la legalidad y respetas los derechos de los trabajadores.
¿Qué se entiende por horas extra?
En primer lugar, aclararemos qué son las horas extra, profundizando en el concepto. Bien, se trata de aquellas horas que un empleado trabajar más allá de su jornada laboral ordinaria, establecida en su contrato o convenio colectivo.
Estas horas deben ser remuneradas o compensadas según las leyes laborales. Efectivamente, el Real Decreto-ley 8/2019 exige que las empresas registren tanto las horas ordinarias como las extraordinarias de cada trabajador y deben ser pagadas o compensadas con tiempo de descanso. El método de pago o compensación puede variar dependiendo del con el convenio colectivo o el acuerdo entre la empresa y el empleado. Por otra parte, el Estatuto de los Trabajadores establece límites a la cantidad de horas extra que un trabajador puede realizar al cabo del año.
Tipos de horas extra
Existen dos tipos de horas extra: estructurales y de fuerza mayor. Por supuesto, en cualquier caso deben ser pagadas o compensadas y siempre deben cotizar a la Seguridad Social:
Horas extra estructurales
Se establecen para cubrir picos de trabajo, ausencia de otros trabajadores, imprevistos o cualquier situación de carácter estructural que depende de la naturaleza de la empresa y de su actividad.
Estas horas extra son previsibles, de alguna manera. Por tanto, se pueden incluir en el contrato de trabajo y/o convenio colectivo. Sin embargo, para que una hora extraordinaria se considere estructural, la empresa debe cumplir con las siguientes condiciones:
- Comunicarla a la Administración
- Obtener la conformidad del Comité o Delegado de personal
- Tener el cálculo de los trabajadores afectados
El máximo anual de horas extra estructurales es de 80, a pesar de que esta cifra puede reducirse a través del convenio colectivo.
El trabajador no está obligado a realizar las hora extra estructurales a menos que así se haya pactado previamente en el contrato de trabajo o en el convenio colectivo.
Horas extra por fuerza mayor
En ocasiones, las empresas necesitan que los trabajadores realicen horas extras por fuerza mayor, es decir, para prevenir o reparar siniestros y otros daños urgentes. Por ejemplo, las horas extra por fuerza mayor pueden surgir ante el temor de la pérdida de materias primas. Si la empresa quiere que los empleados trabajen horas extra por fuerza mayor, lo mejor es hablarlo con una asesoria laboral y tener una respuesta personalizada según el caso y las necesidades.
En este supuesto, no hay un máximo anual de horas extraordinarias establecido en el Estatuto de los Trabajadores ni en la legislación. Además, los trabajadores están obligados a desarrollarlas. Ante la negativa, el trabajador puede recibir una sanción disciplinaria por incumplir el contrato.
¿Cómo cotizan las horas extras a la Seguridad Social según la normativa?
En el entramado de la legislación laboral española, las horas que exceden la jornada ordinaria de trabajo poseen un tratamiento particular en lo concerniente a su cotización a la Seguridad Social. Por eso, entender cómo cotizar horas extras correctamente resulta clave. Es fundamental comprender que, si bien estas horas suplementarias sí generan obligación de cotizar, esta cotización se circunscribe exclusivamente a las contingencias profesionales, quedando explícitamente excluido su cómputo para la prestación por desempleo. Un aspecto relevante a destacar es que el trabajador no experimentará mejoras en las prestaciones derivadas de contingencias comunes por la realización de estas horas adicionales, limitándose el beneficio a las situaciones de índole profesional.
Cotización a la Seguridad Social de las horas extra estructurales
Respecto a las horas extra estructurales, aquellas que responden a necesidades organizativas, productivas o derivadas de la propia actividad de la empresa, se aplica un tipo de cotización general del 28,3%. Este porcentaje se distribuye entre la empresa, que asume el 23,60%, y el trabajador, al que corresponde el 4,70% restante. Por consiguiente, estas horas están sujetas a la Base de Cotización de Contingencias Profesionales, Desempleo, FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) y Formación Profesional.
Cotización a la Seguridad Social de las horas extra por fuerza mayor
Por otro lado, las horas extra motivadas por fuerza mayor, es decir, aquellas originadas por sucesos inesperados o inevitables, disfrutan de un tipo de cotización reducido del 14%. En este caso, la empresa soporta el 12% y el empleado el 2%. Estas horas se encuadran bajo la Base de Cotización Adicional por Horas Extraordinarias.
Es preciso señalar que, en la eventualidad de que las horas extraordinarias estructurales sobrepasen el límite anual de 80 horas legalmente establecido, el exceso deberá cotizar como horas extras conforme al tipo general contemplado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Por ello, es fundamental conocer bien cómo hacerlo correctamente y evitar incumplimientos.
Cotizar horas extra, ¿Cómo es la retribución económica?
La compensación por las horas extraordinarias realizadas puede materializarse de dos formas principales: a través de una retribución económica o mediante la concesión de horas de descanso compensatorio. Los convenios colectivos aplicables y los contratos de trabajo individuales son los instrumentos que, en primer término, determinarán la modalidad de compensación. En ausencia de una previsión específica, se entenderá que las horas extras se compensarán con tiempo libre retribuido.
Descanso compensatorio de las horas extra
Este descanso compensatorio deberá disfrutarse dentro de los cuatro meses siguientes a la realización de las horas adicionales. En caso de que el trabajador no haya podido disfrutar de este tiempo libre dentro del plazo estipulado, tendrá derecho a reclamar su abono, siempre que pueda acreditar su efectiva realización. En ningún caso, estos periodos de descanso podrán ser equivalentes a aquellos que ya figuran como retribuidos en la jornada ordinaria.
Retribución económica de las horas extra
Cuando la empresa opta por la retribución monetaria de las horas extra, la cuantía abonada nunca podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria. Además de pagar correctamente, es importante saber cómo cotizar horas extras según la normativa. De hecho, el incremento sobre el salario correspondiente no podrá ser inferior al 75%, tal como se establece en el artículo 40 del «Decreto sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos».
Adicionalmente, existe la posibilidad de acordar una retribución mensual fija para el exceso de horas trabajadas, mediante un pacto entre la empresa y el empleado para el pago de una cantidad predeterminada.
Finalmente, es importante tener en cuenta que, incluso tras la firma del finiquito, el trabajador conserva el derecho a reclamar aquellas horas extraordinarias que haya realizado y que no hayan sido debidamente compensadas. Además, si estas horas no se han gestionado conforme a lo establecido en la normativa, también podría exigirse su correcta cotización como horas extras, de acuerdo con lo que marca la ley.
En Arrabe Asesores, proporcionamos un asesoramiento integral y actualizado en materia laboral, asegurando la correcta gestión y cotización de las horas extra en su empresa, así como la adecuada retribución a sus empleados, evitando posibles contingencias legales.




