El régimen de no residentes en Portugal vesus España, y sobre todo cuáles son las diferencias, es una consulta cada vez más habitual. Y esto es porque cada vez son más los profesionales que, al iniciar su actividad, y dada la libertad que tienen hoy en día para ejercerla, se plantean hacerlo en Portugal. Igualmente, muchos residentes extranjeros con intención de mudarse a España dudan si hacerlo a Portugal para iniciar su actividad.
Vamos a explicar las características.
Régimen de no residentes en Portugal versus España
Estas dudas surgen porque adquirida la residencia fiscal en Portugal, el Código do Imposto sobre o Rendimento das Pessoas Singulares (CIRS) permite solicitar la condición de Residentes No Habituales (RNH) para los siguientes 10 años.
Requisitos principales para obtener el RNH
Principalmente los requisitos serían:
- No haber sido considerado residente fiscal en Portugal en los últimos 5 años.
- Adquirir la residencia fiscal en Portugal. Este requisito se cumple teniendo a disposición una vivienda en Portugal, en propiedad o en alquiler.
- Realizar una actividad de las de “alto valor añadido” del listado de «atividades de elevado valor acrescentado».
Los trabajadores en las actividades profesionales antes mencionadas deberán tener al menos una de estas opciones:
- el nivel de cualificación del Marco Europeo de Cualificaciones nivel 4
- o de la Clasificación Internacional de Tipos de Educación nivel 35
- o cinco años de experiencia profesional debidamente justificada.
De modo resumido, el régimen Residentes No Habituales de Portugal permitiría tributar por todos estos rendimientos obtenidos en actividades de alto valor añadido al tipo fijo del 20%. Y esto se podría hacer ya sea como freelance, o como director de la propia sociedad constituida en Portugal.
Ventajas y desventajas
Aunque este régimen portugués puede ser muy favorable fiscalmente, conviene valorar todos los pros y contras. Por ejemplo, debe tenerse en cuenta costes adicionales que pueden suponer el alquiler o adquisición de una vivienda en Portugal para cumplir la condición de residencia. Esta situación puede evitarse en España si la persona ya tiene un inmueble en propiedad.
Por ello, es imprescindible conocer y valorar las posibilidades y beneficios fiscales que también reconoce la legislación de España. Y realizar una estimación comparando la tributación en ambos países. En España algunas personas podrían beneficiarse de uno, o varios de estos beneficios fiscales. Por ejemplo, la reducción por inicio de actividad, del 20% sobre el rendimiento neto obtenido, en el primer ejercicio en que le resultado sea positivo y en el siguiente. También es posible la aplicación de algunas deducciones fiscales que contempla la normativa.
Lo mejor un ejemplo
Para una facturación en el primer año de actividad de 170.000€ brutos, y suponiendo unos gastos de la actividad de 5.000€.
- En España, la tributación anual se estimaría en unos 47.000€ una vez aplicada la reducción del 20% por inicio de actividad. Y también aplicadas otras deducciones fiscales interesantes que contempla la normativa vigente. Una vez pasados los dos primeros ejercicios, la reducción del 20% por inicio de actividad ya no aplicaría, por lo que la diferencia con el régimen portugués sería más desfavorable.
- En Portugal, la tributación, al tipo fijo del 20%, sería de 33.000€. Sin embargo, a este coste fiscal habría que añadirle gastos necesarios para cumplir con los requisitos del Régimen RNH. Por ejemplo, el coste de un alquiler mensual o la adquisición de una vivienda. O la adquisición de un vehículo para circular sin problemas en Portugal. Según la legislación portuguesa, la “admisión temporal” de vehículos en Portugal faculta a vehículos matriculados en otro estado miembro de la U.E. a circular por territorio portugués, por un máximo de 183 días en el periodo de un año. Estos costes adicionales pueden elevar en muchas ocasiones el coste total por encima del coste a soportar en España. Por tanto, es necesario realizar un análisis detallado de cada caso y circunstancias.
En conclusión, es imprescindible analizar todos los aspectos, profesionales y personales, en el momento de plantearse iniciar una nueva actividad económica, ya sea en Portugal o en España. Y, sobre todo, durante la siempre difícil puesta en marcha en los dos primeros años de la nueva actividad podría resultar más interesante mantener la residencia en España, dependiendo de las circunstancias de cada caso.