Los criterios para certificar el carácter de una empresa emergente se han publicado mediante una orden ministerial el 21 de julio. Como informábamos anteriormente, el 23 de enero de 2023 entró en vigor Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (conocida como “Ley de Startups”). Entre los requisitos establecidos para beneficiarse de las ventajas recogidas en dicha norma, está el disponer de un proyecto de negocio innovador y escalable, que deberá certificarse por ENISA.
Criterios para determinar el carácter de una empresa emergente
Los criterios para certificar una empresa emergente, dicho de otro modo, para determinar el carácter innovador de una empresa emergente los enumeramos a continuación.
- Criterio general: cuando la finalidad sea resolver un problema o mejorar una situación existente mediante productos, servicios o procesos nuevos, que sean lo suficientemente innovadores en comparación con los existentes previamente. Esta finalidad debe llevar implícito un riesgo de fracaso tecnológico, industrial o en el modelo de negocio (por ejemplo, una empresa tecnológica que plantea una nueva forma de explotar un producto o servicio existente, como pudieron ser en su día las aplicaciones de taxi).
- Dicho criterio se entenderá cumplido si se cumple cualquiera de las siguientes condiciones:
- Gastos de I+D+i mínimo de 15% de los gastos de la empresa.
- La empresa fue beneficiaria de financiación o ayudas públicas para el desarrollo de proyectos de I+D+i en los últimos tres años.
- La empresa dispone de un informe emitido por el Ministerio de Ciencia e Innovación.
- La empresa disfruta de bonificaciones en cotización a la Seguridad Social por tener contratado personal investigador.
- La empresa dispone un Sello Pyme Innovadora concedido por el Ministerio de Ciencia e Innovación.
- La empresa dispone de certificación de Joven Empresa Innovadora emitida por AENOR o de Certificación de Pequeña o microempresa Innovadora emitida por AENOR o Certificación conforme a la norma UNE 166.002-Sistemas de gestión de la l+D+i.
- Innovación tecnológica que pueda estar protegida por derechos de propiedad industrial (se excluyen marcas y nombres comerciales) u otros derechos como software o know-how protegidos.
- Innovación en productos, procesos, servicios y/o modelos de negocio (criterio general).
Criterios para determinar el carácter de emprendimiento escalable
En primer lugar, el grado de atractivo del mercado. Oferta y demanda del sector, captación de usuarios/clientes, barreras de entrada para competidores, etc.
En segundo lugar, la fase de la vida de la empresa. Se valorará positivamente la existencia de prototipos y la obtención de un producto mínimo viable o la puesta en mercado del servicio.
En tercer lugar, el modelo de negocio.
Además, el criterio de competencia. Se considerará la diferenciación con empresas del sector.
El equipo. En base a experiencia, formación y trayectoria.
Los contratos existentes. Con proveedores, suministradores y alquiler de espacio.
Los clientes/usuarios existentes.
Por último, el haber suscrito pólizas de crédito con ENISA en los últimos tres años.
Procedimiento de certificación
La solicitud se presenta en el registro electrónico habilitado en la web de ENISA. El plazo para resolver es de tres meses. En caso de silencio administrativo, se entenderá que la solicitud fue estimada.
ENISA comunicará la condición de empresa emergente al Registro Mercantil.
El resto de los requisitos, así como las ventajas de ser considerada empresa emergente, pueden verse en nuestro anterior artículo.