El Bonus por Disminución de la Siniestralidad Laboral en las empresas, se suspende provisionalmente.
En anteriores ocasiones hemos publicado como solicitar este bonus. Que consiste en solicitar la reducción en las cotizaciones por contingencias profesionales. Para las empresas que tengan un reducido índice de siniestralidad laboral. Y siempre que hubiesen implementado medidas efectivas en la prevención de accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales.
Suspensión del Bonus por Disminución de la Siniestralidad Laboral.
El artículo 7.8 del Real Decreto-Ley 18/2019, BOE de fecha 28/12/2019, suspende provisionalmente, desde 1 de enero de 2020, la aplicación del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral. Que estaba prevista en el Real Decreto Ley 231/2017.
Esta suspensión tendrá efectos para las cotizaciones que se generen durante el año 2020.
Este año como en ejercicio anteriores, entre el 15/abril y el 30/mayo debía abrirse el periodo para la Solicitud de Bonus por Disminución de la Siniestralidad Laboral relativa al ejercicio 2019.
No obstante, el Real Decreto-Ley 28/2018, BOE de fecha 29/12/2018, suprimió el sistema de reducción de cotizaciones por contingencias profesionales por disminución de la siniestralidad laboral para el ejercicio 2019, quedando supeditada a que el Gobierno procediese a reformar el citado Real Decreto Ley 231/2017, algo que hasta el momento no se ha producido.
Para cualquier consulta, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Arrabe Integra
Asesoría Laboral






