Hace poco en una entrada anterior de nuestro blog, recordábamos que se pueden cambiar las Bases de Cotización de los Autónomos para que sean efectivas el 1 de octubre.
Por ello, en esta ocasión, adjuntamos un breve ejemplo de las Bases de Cotización para los Autónomos para el segundo semestre de 2018, acorde al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
Bases de Cotización. ¿Cuales son estos supuestos a los que nos referimos?
Supuesto 1
- Autónomos con edad menor o igual a 47 años
- Con 47 años de edad, y que su Base de Cotización a 31/12/2017 sea igual o superior a 2.023,50€
- Con 47 años de edad, cuya Base de Cotización a 1/01/2018 sea inferior a 2.023,50€; que Ejercite la Opción de Cambio de Base de Cotización antes del 30/06/2018, con efectos económicos del 01/07/2018.
- Cónyuge supérstite del titular del negocio, que por fallecimiento, haya tenido que ponerse al frente y darse de alta en el RETA con 47 años. En dicho caso no existirá esta limitación.
- Aquellos que con anterioridad a cumplir 50 años hubiesen cotizado 5 años o más en cualquier Régimen de la Seguridad Social y la última Base de Cotización acreditada fuera igual o inferior a 2.023,50€, estarán entre 919,80 y 2.023,50€
- Aquellos que con anterioridad a los 50 años hubiesen cotizado 5 años o más en cualquier Régimen de Seguridad Social. Y que la última Base de Cotización acreditada fuera superior a 2.023,50€. Habrán de cotizar entre 919,80€ y el importe de aquélla, incrementado en un 1%. Pudiendo optar, en caso de no alcanzarse, por una base de hasta 2.023,50€
Supuesto 2
- Autónomo con 48 años o más de edad, a 1 de enero de 2018.
- Cónyuge supérstite del titular del negocio, que por fallecimiento, haya tenido que ponerse al frente y darse de alta en el RETA con 45 o más años. En cuyo caso la elección de bases estará entre 932,70€ y 2.052,00€
Supuesto 3
- Aquellos Autónomos que en el 2015 hayan tenido 10 trabajadores o mas por cuenta ajena, de forma simultánea.
- También Autónomos-Societarios, incluidos Cónyuges y Familiares de Consanguinidad/Afinidad hasta 2º grado que convivan con él, y que juntos tengan al menos el 50% del capital social.
No obstante lo anterior lo mejor es estudiar cada caso para lo cual puede ponerse en contacto con nosotros.
Arrabe Integra