Se aprueba la Ampliación del plazo de presentación de impuestos de la CAM. El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha publicado hoy, viernes día 27 de marzo de 2020, una orden con el fin de prorrogar el plazo de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por esta comunidad. En concreto se amplía en un mes con respecto al que corresponde a cada tributo según la normativa en vigor.
De esta forma, se complementan otras medidas ya anunciadas por parte de la Comunidad de Madrid.
Ampliación del plazo de presentación de impuestos de la CAM
Estos son los tributos cuya gestión tiene encomendada la Comunidad de Madrid:
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
- el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
- los Tributos sobre el Juego
- y los Impuestos propios: Impuesto sobre depósito de residuos e Impuesto sobre instalación de máquinas recreativas en establecimientos de hostelería autorizados.
Los plazos de presentación generales de los principales tributos afectados por esta orden son los siguientes, y los cuales quedarán ampliados 30 días:
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, 6 meses a contar desde el fallecimiento o la declaración de fallecimiento del causante. En el caso de las donaciones, el plazo de presentación es de 30 días hábiles, a contar desde el día que se cause el acto o contrato.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, es de 30 días hábiles a contar desde el momento que se formalice el acto o contrato gravado.
En ningún caso, esta orden publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, afectará a los plazos de presentación de ningún tributo gestionado por el Estado. Como pueden ser el Impuesto sobre Sociedades, IVA, e IRPF.
Junto a esta orden publicada en el día de hoy, se debe tener en consideración la medida aprobada en el Consejo de Gobierno organizado el día 13 de marzo de 2020, por la cual se consideran días inhábiles en la Comunidad de Madrid los comprendidos entre el 13 y 26 de marzo a efectos del cómputo de plazos, en los procedimientos administrativos.
Arrabe Integra
Asesoría Fiscal