La Revisión de las Bases de Autónomos está permitida en cada trimestre. Desde nuestra Asesoría Laboral les comunicamos que tienen la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y la cuota a pagar, dentro de los límites permitidos según su edad.
El próximo vencimiento para llevar a efecto esta revisión finaliza el día 30 de junio de 2019. Y tendrá efectos a partir del 1 de julio de 2019
¡Recuerde! A partir del año 2022 se van a utilizar los últimos 25 años de cotización para determinar el importe de su pensión. Con lo que a partir de los 42 años, deberá revisar y actualizar su Base de Cotización en el caso de estar interesado. Ya que afectarán a su futura pensión pública.
También les recordamos que, en función a la publicación de la Ley del Autónomo se ha elevado de dos a cuatro el número de veces al año en que puede cambiarse de base de cotización.
Los plazos y fecha de efecto a partir del 1 de Enero de este año son los siguientes:
- Del 1 de enero al 31 de Marzo, el cambio será efectivo el día 1 de abril de ese año.
- Desde el 1 de abril al 30 de Junio, el cambio será efectivo el día 1 de julio de ese mismo año.
- Del 1 de julio al 30 de Septiembre, el cambio será efectivo el día 1 de octubre.
- Del 1 de Octubre al 31 de Diciembre, el cambio será efectivo el día1 de enero del año siguiente.
Revisión de las Bases de Autónomos. Tablas
Adjuntamos, a título de ejemplo, escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes a partir 01-01-2018):
Base de cotización €/mes | Tipo de Cotización contingencias comunes cobertura IT | Cuota a pagar €/mes |
944,40 € – mínima a partir 01-01-2019 – | 30,00% * | 283,32€ |
1018,50 mínima para trabajadores de 48 o más a 01-01-2018, salvo excepciones | 30% | 305,55€ |
1.000€ | 30% | 300,00€ |
1.202€ | 30% | 360,60€ |
2.077,80€ máxima para trabajadores de 47, 48 años o más, salvo excepciones | 30% | 623,34€ |
4.070,10€ – máxima en 2018 – | 30% | 1.221,03€ |
*30% incluye el porcentaje por cese de actividad.
Los trabajadores autónomos que a fecha 1/1/2019 tengan 47 años de edad, podrán solicitar una base superior al máximo para este ejercicio (2.052,00€ ), siempre que lo soliciten antes del 30/6/2019.
Si están interesados en modificar la base de cotización o cuota, contacten con nosotros con la máxima antelación posible.
Arrabe Integra
Asesoría Laboral