La Revisión de las Bases de Autónomos en 2021 está permitida en cada trimestre. Les recordamos que tienen la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y la cuota a pagar, dentro de los límites permitidos según su edad.
El próximo vencimiento para llevar a efecto esta revisión finaliza el día 30 de junio de 2021. Y tendrá efectos a partir del 1 de julio de 2021.
¡Recuerde! A partir del año 2022 se van a utilizar los últimos 25 años de cotización para determinar el importe de su pensión. Con lo que a partir de los 42 años, deberá revisar y actualizar su Base de Cotización en el caso de estar interesado. Ya que afectarán a su futura pensión pública.
También les recordamos que, en función a la publicación de la Ley del Autónomo se ha elevado de dos a cuatro el número de veces al año en que puede cambiarse de base de cotización.
Los plazos y fecha de efecto de este año 2021 son los siguientes:
- Del 1 de enero al 31 de Marzo, el cambio será efectivo el día 1 de abril de este año.
- Desde el 1 de abril al 30 de Junio, el cambio será efectivo el día 1 de julio de este mismo año.
- Del 1 de julio al 30 de Septiembre, el cambio será efectivo el día 1 de octubre.
- Del 1 de Octubre al 31 de Diciembre, el cambio será efectivo el día1 de enero del año siguiente.
Revisión de las Bases de Autónomos en 2021. Tablas
A principios de año ya contamos la novedades incluidas en los presupuestos generales del estado de 2021 (LGPE 2021)
Adjuntamos, a título de ejemplo, escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes a partir 01-01-2021):
Base de cotización
€/mes |
Tipo de Cotización
contingencias comunes cobertura IT |
Cuota a pagar €/mes |
944,40 €
mínima a partir 01-01-2021 |
30,3 % * | 286,15 € |
1.018,50 €
mínima para trabajadores de 48 o más a 01-01-2021, salvo excepciones |
30,3 % | 308,60 € |
1.202 € | 30,3 % | 364,20 € |
2.077,80 €
máxima para trabajadores de 47, 48 años o más, a partir de 1/01/2021 salvo excepciones |
30,3 % | 629,57 € |
4.070,10 €
base máxima a partir del 1/01/2021 |
30,3 % | 1.233,24 € |
*30,3% incluye el porcentaje por cese de actividad.
Ha sido necesario estar cubierto de esta contingencia de cese de actividad para acceder a la prestación publicada por el Gobierno en cuanto a la Ayuda a Autónomos por COVID. Si no está dado de alta, recomendamos cursar su modificación.
Si están interesados en modificar la base de cotización o cuota, contacten con nosotros lo antes posible.
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