Se aprueba el programa Kit Digital 2021mediante la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre (BOE 30/12/2021). En esta orden se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo. En el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España. Financiado por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation EU.
Programa Kit Digital 2021
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha publicado las bases reguladoras del programa Kit Digital 2021. En ellas se establece el marco aplicable para el reparto de 3.067 millones de euros en el periodo 2021-2023. Para el despliegue de un conjunto de soluciones digitales en empresas de hasta 49 trabajadores y autónomos en forma de “bono digital”.
A continuación le indicamos las principales características.
Beneficiarios
Pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio y cuyo domicilio fiscal esté en España. No podrán ser beneficiarias las empresas o autónomos que sean Agentes Digitalizadores Adheridos. Ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización.
Como requisito previo, es imprescindible disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital. De acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera Pyme.
Posteriormente hay que materializar un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización con un Agente Digitalizador Adherido al Programa.
Referimos a continuación las categorías de soluciones de digitalización
- Sitio Web y Presencia en Internet.
- Comercio Electrónico.
- Gestión de Redes Sociales.
- Gestión de Clientes.
- Business Intelligence y Analítica.
- Gestión de Procesos.
- Factura Electrónica.
- Servicios y herramientas de Oficina Virtual.
- Comunicaciones Seguras.
- Ciberseguridad.
Plazos de solicitud del programa Kit Digital 2021
El plazo de presentación de solicitudes para ser beneficiario será al menos de tres meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria o hasta el agotamiento del crédito presupuestario de la convocatoria. El plazo máximo para el consumo del bono digital será de 6 meses. A contar desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.
Sobre todo saber que las ayudas se concederán por orden de solicitud.
Cuantía de la Ayuda
Los beneficiarios recibirán un bono digital por importe en función de su tamaño, midiendo éste según su número de empleados. Los segmentos de empresas serán los siguientes:
En primer lugar, el llamado Segmento I. Pequeñas empresas entre 10 y 49 empleados: 12.000€
A continuación el Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 9 empleados: 6.000€
Finalmente el Segmento III. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y 2 empleados: 2.000€
Gastos subvencionables
Las ayudas a la adopción de soluciones de digitalización podrán destinarse a cubrir los gastos en que incurra el beneficiario. Que supongan una mejora funcional o a una solución completamente nueva subvencionable.
El primer paquete de ayudas, valorado en 500 millones de euros, irá destinado a empresas entre 10 y 49 trabajadores. Y se espera que sean publicadas en las próximas semanas, seguidas de diferentes paquetes de ayudas. Destinadas estas a diferentes franjas de pymes según su número de trabajadores.
El pago de la subvención o bono digital, se realizará directamente a los Agentes Digitalizadores Adheridos. Una vez justificada y comprobada cada fase de la prestación.