La Obtención del NIF no presencial y otras medidas aprobadas por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. En concreto ha comunicado recientemente estas dos medidas tributarias excepcionales.
Durante el periodo que dure el Estado de Alarma se facilita la obtención de un NIF provisional mediante un procedimiento de no presencia. Además, se permite el uso en su sede electrónica de los Certificados electrónicos caducados o próximos a caducar.
Un experto de nuestra Asesoría Fiscal no enseña el procedimiento a seguir.
Obtención del NIF no presencial. Procedimiento excepcional
Para ello, habrá que acceder a la Sede Electrónica de la AEAT y seguir la siguiente ruta de opciones:
- “todos los trámites”,
- a continuación marcar la opción de “Censos NIF y Domicilio fiscal”
- opción de “Censos”
- y hacer clic en “Modelos 036 y 037. Censo de empresarios, profesionales y retenedores – Declaración censal de alta, modificación y baja y declaración censal simplificada.
También se puede acceder directamente haciendo clic en este enlace: “Presentaciones»,
A continuación, se selecciona la opción “Solicitud de asignación de NIF a entidad”
El presentador de la solicitud debe identificarse con su certificado electrónico.
Una vez accedido al trámite se deberá incluir en el campo “Asunto”: “Solicitud de asignación de NIF provisional”.
¿Cómo se puede llevar a cabo la presentación?
- En nombre propio, en calidad de propio “interesado«. La presentación la puede hacer el representante o cualquier otra persona (no se valida).
- En “representación de terceros”, en calidad de “representante”. Como NIF del interesado debe señalarse el NIF del representante/colaborador social (no se valida) que realice la presentación
En el apartado “Documentación que se anexa” el presentador deberá incorporar (mediante la opción “Añadir ficheros” como documentación la pre-declaración o borrador del Modelo 036 y la documentación complementaria que corresponda. Como por ejemplo Acuerdo de voluntades, escritura pública de constitución de la entidad o documento que acredite la existencia de la entidad, identificación de la representación legal y su acreditación. En el campo “Tipo de Documento” deberá elegirse: “200 – Otros documentos”.
Una vez efectuado este trámite, se genera un expediente electrónico de Registro asociado al presentador en el primer caso. O al interesado en el segundo, en función del concepto con el que se haya efectuado la presentación.
Certificados electrónicos de próxima caducidad
La Agencia Tributaria (AEAT) ha emitido recientemente el siguiente aviso en se web oficial:
En relación con aquellos contribuyentes cuyo certificado electrónico esté caducado o próximo a caducar, se informa que la AEAT permite el uso de dichos certificados caducados en su SEDE de acuerdo con lo previsto en RD 463/2020, de 14 de marzo.
Es posible que su navegador habitual no se lo permita en cuyo caso le recomendamos lo traslade al navegador FireFox donde podrá seguir usándolo.
En este mismo sentido y debido a esta situación excepcional, la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) ha emitido un comunicado indicando que las empresas o autónomos podrán seguir utilizando el certificado electrónico si ha caducado recientemente. Igualmente durante el estado de alarma o en días previos, de la misma forma que si estuviera en vigor. Aunque los certificados recientemente caducados serán válidos, su caducidad no podrá modificarse de acuerdo a las propias características del certificado.
Renovación y solicitud de certificados
Para renovación de certificados
Se ha procedido a eliminar la restricción que requería la asistencia física cada 5 años para poder renovar un certificado. Por lo que todos aquellos certificados a los que les queden menos de 60 días para caducar, de Persona Física y de Representante de Administrador Único o Solidario, podrán ser renovados «on-line» una segunda vez.
Para solicitud de Certificados nuevos
Próximamente se publicarán en su web alternativas viables.
Además, los administradores únicos y solidarios podrán obtener su certificado a través de la web con su certificado de persona física o con el DNIe
Las personas físicas podrán también obtener su certificado a través de la web con el DNIe
Arrabe Integra
Asesoría Fiscal