Se aprueba nuevas medidas sobre los arrendamientos de vivienda en 2023. El pasado 28 de diciembre se publicó el RDL 20/2022, por el cual se prorrogan las medidas de protección social en materia de arrendamiento de viviendas. A continuación explicamos su contenido.
Nuevas medidas sobre los arrendamientos de vivienda en 2023
En concreto nos vamos a referir a tres medidas en particular.
Limitación de la actualización anual de la renta
Las rentas por arrendamiento de vivienda que deban ser actualizadas en el 2023, tendrán un incremento máximo del 2%. Con lo cual se mantiene esta medida de limitación de la subida del alquiler en vigor desde marzo de este año.
Prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual
Los contratos de alquiler de vivienda habitual cuya fecha de vencimiento esté entre la fecha de entrada en vigor del RDL y el 30 de junio de 2023 podrán ser prorrogados forzosamente por el arrendatario. Por un plazo máximo de seis meses, que deberá solicitarlo al arrendador. El cual estará obligado a aceptar la prórroga.
Durante el plazo de prórroga se mantienen las condiciones contractuales pactadas.
Suspensión de desahucios y lanzamientos
En todos los juicios sobre reclamaciones de rentas u otras cantidades debidas por el arrendatario. O también sobre la expiración del plazo de duración del arrendamiento, con objeto de recuperar la posesión de la finca por parte de la propiedad, el arrendatario podrá solicitar la suspensión extraordinaria del procedimiento. Esto se puede aplicar en cualquiera de sus fases, incluso las de desahucio o lanzamiento, por encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica.
La suspensión se mantendrá hasta el 30 de junio de 2023.
Buenos días, se paraliza el desausio? O mi abogado me lo tiene que solicitar?
Hola Carmen.Es la persona arrendataria quien debe instar, en el marco del procedimiento judicial de desahucio, un incidente de suspensión extraordinaria del desahucio o lanzamiento ante el Juzgado por encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica que le imposibilite encontrar una alternativa habitacional para sí y para las personas con las que conviva. Por lo tanto, hay que solicitarlo expresamente (no opera de forma automática).
Esperamos haberte sido de ayuda.
Un saludo.
Hoy vinieron tres personas a casa donde alquilo y me dijeron que me tenía q ir porque el banco es el dueño ahora . Me dieron un papel en el cual rellenaron a mano y yo firme. Solo me dejaron sacar foto del papel. Yo pedí q me dieran días para buscar casa, tengo dos mascotas.. mi hijo leyó la foto q time del papel y me dijo acá no hay ningún sello del juzgado ni de los que firmaron. Y yo puse la firma y mostré mi dni !!!! Estoy muy angustiada.. es legal lo que hicieron?
Estimada Alejandra.
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