El pasado viernes, se aprobó Real Decreto-ley 14/2017, de 6 de octubre, que modifica también la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, de 1 de junio de 2011, con la finalidad de delimitar claramente a qué entidades del sector público se les admite formalizar contratos de obra o servicio determinado con una duración superior a tres años. Con la redacción anterior podían surgir dudas sobre la aplicación de esta excepción en determinadas entidades del sector público, como fundaciones, consorcios y otros agentes de ejecución del sistema de ciencia e innovación.
La disposición adicional vigésimo tercera de la Ley de la Ciencia queda modificada de manera que la excepción al límite temporal de los contratos se aplicará a las Administraciones públicas, organismos públicos, universidades públicas y otras entidades del sector público consideradas agentes de ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Arrabe Integra, S.L.
Departamento Laboral y Gestión de Recursos Humanos