El 26 de Junio de 2017 se publicó en el BOE la Resolución del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria del 19 de junio de 2017 por la cual se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2017 relativos a las cuotas nacionales y provinciales, quedando fijado desde el 15 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2017, ambos inclusive.
Debemos recordar que la recaudación del Impuesto sobre Actividades Económicas viene determinada de dónde se va a ejercer la actividad, puede ser de ámbito local, provincial o estatal. El epígrafe al que este sujeto la actividad determinara si se puede elegir entre varias cuotas o no. Si la actividad se entiende realizada en un determinado local, este determinará el tipo de cuota que debes acogerte. Mientras que si el ejercicio de la actividad se realiza con traslado entre varias localidades se terminará otra cuota, ya se provincial o estatal.
La resolución establece que, para estas cuotas nacionales y provinciales, su cobro se realice, con el documento de ingreso que el contribuyente reciba, a través de las Entidades de crédito colaboradoras.
En los supuestos en que el documento no llegara a manos del contribuyente o se hubiese extraviado, se deberá realizar el ingreso con un duplicado, que se podrá recoger en la Delegación o Administraciones de la AEAT correspondientes a la provincia del domicilio fiscal del contribuyente, si hablamos de cuota de nivel nacional y en la provincia del domicilio donde se realice la actividad, para el caso de cuotas de clase provincial.
Arrabe Integra, S.L.
Departamento Fiscal