El RDL 8/2019 introduce también Medidas en el Ámbito de la Seguridad Social. Recordemos que este RDL debe ser aprobado aún por la Diputación Permanente del Congreso.
Los expertos de nuestra Asesoría Laboral, han resumido a continuación cuales son esas medidas.
Subsidio por desempleo para mayores de 55 años
Se reduce la edad de acceso de 55 a 52 años permitiendo el acceso cuando se cumpla esa edad. Y se incrementa la duración máxima de su percibo hasta el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación. De otro lado, se elimina la consideración de las rentas de la unidad familiar para el acceso al subsidio y se incrementa la cuantía de la cotización por la contingencia de jubilación durante la percepción del subsidio del 100 al 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento. Eliminándose los porcentajes aplicables a la cuantía del subsidio cuando proviene de un trabajo desarrollado a tiempo parcial.
Otras Medidas en el Ámbito de la Seguridad Social
- Incremento de la asignación económica por hijo a cargo hasta los 341€ anuales. Y hasta los 588€ anuales en el caso de las familias en situación de pobreza severa.
- Incrementar el esfuerzo en la lucha contra la pobreza infantil. Destinando mayores recursos económicos a los hogares con menores ingresos. La prestación por hijo a cargo, de 291€ pasa a 341€. Mientras que la asignación económica pasa a la cuantía de 588€ en los casos en los que los ingresos del hogar sean inferiores a la escala que precisa aquellas familias que se sitúan en la pobreza más severa.
- Incremento de las cuantías mínimas de la pensión contributiva de incapacidad permanente total por enfermedad común para menores de 60 años. Que se sitúa en 6.991,60€ si el beneficiario tiene cónyuge a cargo. Y en 6.930€ si no lo tiene. Dicha medida se aplica retroactivamente al 1 de enero de 2019.
- Se adapta el catálogo de prestaciones a las novedades reguladas por el RDL 6/2019 de 1 de marzo para el sector marítimo-pesquero, prestación económica por nacimiento y cuidado del menor y prestación por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante.
- A los trabajadores agrarios por cuenta propia que hubiesen realizado un máximo de 55 jornadas reales cotizadas en el año 2018, se les aplicará a las cuotas resultantes durante los periodos de inactividad en 2019 una reducción del 14,6%.
- Ampliación del plazo de solicitud de la situación de inactividad de artistas en espectáculos públicos a cualquier momento del año. Tendrá efectos desde el día primero del mes siguiente a la fecha de la solicitud.
- A partir del día 61 de incapacidad temporal, por las mutuas colaboradoras, entidad gestora o Servicio Público de Empleo Estatal, se abonarían las cotizaciones de los trabajadores autónomos, con cargo a las cuotas de cese de actividad.
Para cualquier duda estamos a su entera disposición.
Arrabe Integra
Asesoría Laboral