La Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados introduce importantes cambios en la gestión de residuos en España, con el objetivo de avanzar hacia una economía circular. Entre sus medidas destacan nuevas regulaciones sobre plásticos, la reducción de residuos y la implantación de impuestos específicos. ¡Ojo!, porque algunas han entrado en vigor recientemente. ¿Las quieres conocer? ¡Sigue leyendo!
¿En qué consiste la nueva Ley de Residuos?
La Ley de Residuos en el BOE Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, (más conocida como Ley de Residuos) nace a partir del Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos, elaborado por el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico. Este plan contiene el diagnóstico de la situación actual en relación a la gestión de residuos que realizan las empresas en España, la estrategia general que se va a llevar a cabo y las orientaciones de la política de residuos, así como los objetivos mínimos de recogida separada, preparación para la reutilización, reciclado, valoración y eliminación.
En este Plan Estatal pone el foco en los productos de plástico de un solo uso, por lo que se establece el siguiente calendario de reducción de su comercialización, quedando prohibida su distribución gratuita desde el 1 de enero de 2023:
- En 2026, se ha de conseguir una reducción del 50 % en peso, con respecto a 2022.
- En 2030, se ha de conseguir una reducción del 70 % en peso, con respecto a 2022.
Objetivo de la nueva Ley de Residuos
La nueva Ley de Residuos tiene el objetivo lograr las siguientes metas:
- Prevenir y reducir la generación de residuos.
- Minimizar los impactos adversos de su fabricación y gestión.
- Reducir el impacto global del uso de los recursos.
- Mejorar la eficiencia del uso de recursos con el objeto de, en última instancia, proteger el medioambiente y la salud humana.
- Efectuar la transición a una economía circular para garantizar el funcionamiento eficiente del mercado interior y la competitividad de España a largo plazo.
Impuestos vinculados a la nueva Ley de Residuos
Con la nueva Ley de Residuos se introducen dos nuevas figuras impositivas de ámbito estatal:
Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables
Este tributo es más conocido como Impuesto del Plástico, tiene naturaleza indirecta y recae sobre la utilización en territorio español de envases no reutilizables que contengan plástico, tanto si se presentan vacíos como si se presentan conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancía.
El Impuesto del Plástico recae sobre fabricantes, empresas importadores y compradores intracomunitarios. Sin embargo, existen sectores a los que les afecta especialmente, por el tipo de productos que promueven.
La base imponible del impuesto está constituida por la cantidad de plástico no reciclado, expresada en kilogramos netos. El tipo impositivo aplicable es de 0,45 euros por kilogramo neto de plástico no reciclado.
Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la consideración de residuos
El Impuesto sobre el Depósito de Residuos es obligatorio para todo aquel que realice el depósito de residuos en vertederos, ya sean públicos o privados, o bien los abandone en lugares no autorizados. El tipo impositivo varía entre el 3 y el 40% dependiendo del la clase de residuos en cuestión y se aplica sobre su peso en toneladas.
Otras obligaciones marcadas por la nueva Ley de Residuos
Además de los impuestos que acabamos de describir, la Ley de Residuos incluye nueva reglamentación que debemos cumplir para evitar posibles sanciones. En este contexto, contar con una asesoría para ONGs puede ser clave para garantizar el cumplimiento normativo y una gestión eficiente de estos requisitos.
La ley de residuos prohíbe la venta de plásticos de un solo uso
Se prohíbe la comercialización de plásticos de un solo uso como pajitas, bastoncillos de algodón que contengan plástico o los recipientes de bebidas hechos de poliestireno expandido.
Oferta de productos sin embalaje
Desde el 1 de enero de 2023, los comercios minoristas de alimentación cuya superficie sea igual o mayor a 400 metros cuadrados deben destinar al menos el 20% de su área de ventas a la oferta de productos presentados sin embalaje primario, incluida la venta a granel o mediante envases reutilizables. Además, los establecimientos de alimentación que vendan productos frescos y alimentos cocinados deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables.
Tapas y tapones unidos al recipiente
El diseño de los envases también será importante. Desde el 3 de julio de 2024, solo se pueden introducir en el mercado los productos de plástico de un solo uso enumerados en la parte C del anexo IV cuyas tapas y tapones permanezcan unidos al recipiente durante la fase de utilización prevista de dicho producto.
Venta de botellas de material reciclado
Desde el 1 de enero de 2025, solo pueden introducirse en el mercado las botellas PET que contengan al menos un 25% de plástico reciclado. Y, a partir de 1 de enero de 2030, solo podrán introducirse en el mercado las botellas mencionadas en el apartado E del anexo IV que contengan al menos un 30% de plástico reciclado.
Fomento del consumo de agua no embotellada
Las administraciones deberán fomentar el uso del agua no embotellada a través de la instalación de más fuentes, y la hostelería y restauración deberán servir agua no embotellada gratis.
Prohibición de eliminar excedentes mediante depósito en vertedero
Queda prohibida la destrucción o eliminación mediante depósito en vertedero de excedentes no vendidos de productos no perecederos tales como textiles, juguetes o aparatos eléctricos, entre otros, salvo que dichos productos deban destruirse conforme a otra normativa o por protección del consumidor y seguridad. Dichos excedentes se destinarán en primer lugar a canales de reutilización, incluyendo su donación, y cuando esto no sea posible, a la preparación para la reutilización o a las siguientes opciones de la jerarquía de residuos.
Nuevas recogidas separadas
Además de las recogidas de residuos separados ya existentes se introduce la obligatoriedad de nuevas recogidas separadas, entre otros, biorresiduos, textiles, aceites de cocina usados, residuos domésticos peligrosos y residuos voluminosos.
Plan de minimización de residuos peligrosos
Desde el 1 de julio de 2022, los productores iniciales de residuos peligrosos, excepto los exentos, estarán obligados a disponer de un plan de minimización que incluya las prácticas que van a adoptar para reducir la cantidad de residuos peligrosos generados y su peligrosidad.
Cumplir con la nueva Ley de Residuos es clave para evitar sanciones y contribuir a un modelo más sostenible. En Arrabe Asesores, ayudamos a empresas y autónomos a adaptarse a esta normativa, gestionando sus obligaciones fiscales y administrativas con el máximo rigor y eficiencia. ¡Consúltanos!