Novedades en el impuesto de Sociedades e IVA en 2023 introducidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. Todas estas novedades entran en vigor el 1 de enero de 2023. Nuestros expertos en Asesoría Fiscal nos resumen estas novedades.
Novedades en el impuesto de Sociedades e IVA en 2023
Vamos a ver a continuación las novedades en ambos impuestos, así como el interés de demora legal del dinero y el indicador IPREM
Impuesto de Sociedades
En este impuesto se señalan dos novedades importantes que afectan a las empresas.
En primer lugar, el tipo de gravamen reducido
Para períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2023, se crea un tipo de gravamen reducido del 23%. No obstante, será necesario cumplir los siguientes requisitos:
- El importe neto de la cifra de negocios del período impositivo anterior sea inferior a 1 millón de euros.
- No se trate de entidades patrimoniales.
En segundo lugar, acerca de la amortización acelerada de determinados vehículos en el Impuesto sobre Sociedades.
Las inversiones en determinado tipo de vehículos, como vehículos nuevos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV. Según definición del anexo II del Reglamento General de Vehículos, podrán aplicar amortización acelerada.
Esta consistirá en multiplicar x 2 el coeficiente lineal máximo en tablas. No obstante, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
- Se encuentren afectos a una actividad económica.
- Con puesta en funcionamiento en los años 2023, 2024 y 2025.
Impuesto del IVA
Las novedades son las siguientes.
En primer lugar, tributarán al tipo impositivo reducido del 4% los tampones, compresas, protegeslips, preservativos y otros anticonceptivos no medicinales.
En segundo lugar, la conocida como regla de “uso efectivo” supone que la prestación de determinados servicios, que conforme a las reglas de lugar de realización del hecho imponible se entenderían realizados fuera de la Comunidad, queden sujetos al IVA cuando la utilización o explotación efectiva de aquellos se lleve a cabo en su territorio de aplicación. No se aplicará la regla de “uso efectivo” en las prestaciones de servicios entre empresarios. En cambio, sí lo hará para las prestaciones de servicios intangibles a consumidores finales no establecidos en la UE. Aunque, deberá constatarse que efectivamente se produce en el TAI su consumo o explotación efectiva.
En tercer lugar, también se aplicará la cláusula anterior a los servicios de arrendamiento de medios de transporte.
Además, se modifican los mecanismos de inversión del sujeto pasivo relacionados con entregas de desechos y desperdicios de plástico y de material textil.
Por último, no se aplicará la norma de inversión del sujeto pasivo a los servicios de arrendamiento de inmuebles sujetos y no exentos del Impuesto. Cuando se lleven a cabo por entidades o personas no establecidas en el TAI. Tampoco se aplicará a los servicios de intermediación en el arrendamiento de inmuebles llevados a cabo por empresarios o profesionales no establecidos.
Otros novedades de interés
El Interés de demora e Interés legal del dinero para 2023 se fijan en:
- el interés legal del dinero en un 3,2500%
- y el interés de demora en un 4,0625%.
Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Se fijan sus cuantías para 2023 las cuales son las siguientes:
- diario 20€
- mensual, 600€
- anual, 7.200€
- será de 8.400€ en los casos en que la referencia al salario mínimo interprofesional (SMI) ha sido sustituida por la referencia al IPREM. Aunque si se excluyeran las pagas extraordinarias, la cuantía será de 7.200€.