La Fiscalidad de no residentes en España, en tanto en cuanto a la propiedad de un inmueble en el país. Deben pagar el Impuesto sobre la Renta de No Residentes por dos razones:
- los no residentes deben pagar impuestos por los ingresos por alquileres recibidos
- también por los «ingresos atribuidos» por los días en que el inmueble estuvo vacío durante el año.
Para poder presentar los formularios de impuestos, los no residentes necesitan un Código Tributario español (NIF).
Como norma general, el Código Tributario de las personas de nacionalidad española será su DNI (DNI español). Y para los no españoles, el NIE (Número de Identidad Extranjera). Estas identificaciones se procesan con la Dirección General de la Policía.
Fiscalidad de no residentes. Método y plazo para presentar los respectivos formularios de impuestos
Impreso de impuestos para los ingresos por alquiler
- Los ingresos a declarar a la Agencia Tributaria serán la totalidad del importe recibido del alquiler, sin deducir gastos. No obstante, en el caso de contribuyentes con residencia fiscal en otro Estado miembro de la Unión Europea y, a partir del 1 de enero de 2015, también en Islandia y Noruega, los gastos incurridos podrán deducirse para la determinación de la base imponible. Siempre que estén directamente relacionados con las rentas obtenidas en España y tengan una relación directa con el alquiler.
- La declaración de impuestos debe presentarse dentro de los primeros veinte días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero. En relación con los ingresos cuya fecha de devengo se encuentre dentro del trimestre natural anterior.
- El tipo impositivo será del 24% como norma general, aunque el tipo impositivo se reduce al 19% para los residentes en la UE, Islandia y Noruega.
Fiscalidad de no residentes. Impreso de impuestos para los ingresos atribuidos a las propiedades vacías
- Los inmuebles vacíos también están sujetos a tributación, siendo la base imponible la «renta atribuida» generada por dichos inmuebles.
- La «renta atribuida» a declarar será el importe resultante de aplicar el 1,1 ó 2 % (dependiendo de dónde se encuentre el inmueble) al valor catastral del inmueble.
- El tipo impositivo aplicable a la «renta atribuida» será del 24%, o del 19% para los residentes en la UE, Islandia y Noruega.
- El formulario de impuestos debe presentarse durante todo el año calendario siguiente al año de devengo (hasta el 31 de diciembre).
En el caso de que el contribuyente presente la declaración de impuestos fuera de plazo, la Agencia Tributaria española exigirá un recargo de entre el 5% y el 20%. Dependiendo de la demora entre el plazo legal y el momento de la presentación de la declaración de impuestos.
- 5% si los contribuyentes presentan el formulario de impuestos dentro de los tres meses posteriores a la fecha límite legal.
- 10% presentan el formulario de impuestos dentro de los tres a seis meses posteriores a la fecha límite legal.
- 15% presentan el formulario de impuestos dentro de los seis a doce meses posteriores a la fecha límite legal.
- 20% presentan el formulario de impuestos doce meses o más después de la fecha límite.
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Arrabe Integra
Asesoría Fiscal