Dentro del Plan de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, se abre el plazo relativo a la convocatoria 1/2017, cuyas solicitudes pueden tramitarse hasta el próximo 11 de julio de 2017. Dirigidas tanto a proyectos nacionales como a proyectos internacionales pertenecientes a alguno de los clústeres TIC de EUREKA, PENTA, EURIPIDES, ITEA3 y CELTIC-PLUS.
- Subprograma Impulso Tecnológico tiene como objetivo fomentar la inversión en tecnologías de la información y las comunicaciones con bajo nivel de madurez.
- Subprograma EUREKA tiene como objetivo fomentar la cooperación internacional en el desarrollo de tecnologías con gran valor tecnológico y alto potencial de tracción en el marco de la iniciativa europea EUREKA.
Cada uno de estos subprogramas establece las características principales de los proyectos en relación a su tipología, ámbito temático, presupuesto y modalidades de participación.
Características 2017:
– Las ayudas podrán solicitarse para proyectos con ejecución plurianual, siempre que parte del proyecto se realice en el año 2017 y se solicite ayuda para dicho ejercicio. Se podrán solicitar ayudas:
a) para los proyectos que hayan obtenido la acreditación de su pertenencia a alguno de los clúster TIC de EUREKA, cuyo plazo de ejecución podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de 2020 incluido.
b) para los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental referidos en el punto 1 del apartado cuarto de esta resolución, cuyo plazo de ejecución podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de 2019 incluido.
– El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva.
– De acuerdo con las modalidades previstas en el artículo 11 de la orden, la financiación de los proyectos se realizará a través de subvención, préstamo o una combinación de subvención y préstamo, siempre que exista disponibilidad presupuestaria.
– Los préstamos tendrán las siguientes características:
a) Plazo máximo de amortización de cinco años, incluidos hasta dos años de carencia.
b) Su importe podrá complementar la subvención hasta el 100 % del coste financiable del proyecto y se establecerá en la solicitud de ayuda pudiendo ser minorado mediante alegación a la propuesta de resolución provisional.
c) El tipo de interés aplicable será del 0,0 %.
– Los beneficiarios no podrán subrogar la devolución del préstamo a favor de entidades financieras.
- Previamente a cada uno de los pagos mencionados, cada beneficiario deberá constituir garantías por cada modalidad de ayuda concedida cuyo importe dependerá de la calificación obtenida por el beneficiario.
Subprograma Impulso Tecnológico (ANEXO I)
Las ayudas se dirigen al impulso de tecnologías con bajo nivel de madurez y alto potencial de transformación del sector TIC mediante la ejecución de proyectos de alto riesgo tecnológico.
Beneficiarios:
- Las empresas, excepto:
- Las entidades del sector público.
- Las entidades constituidas después del 31/12/2013, salvo que procedan de otras preexistentes por cambio de denominación, fusión, absorción y escisión de sociedades, según términos en ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
- Las entidades sin fin de lucro que ejerzan actividad económica.
- Los profesionales autónomos.
- Las agrupaciones de interés económico (AIE), excepto las pertenecientes al sector público.
Las entidades no incluidas como beneficiarios, podrán participar en los proyectos como entidades subcontratadas, según el art.9 de la orden.
Tipos de proyectos y prioridades temáticas:
- Podrán recibir ayudas los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental que se encuadren en las temáticas definidas en el anexo IV y contempladas en el artículo 4 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
- NO Podrán recibir ayudas los proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental que hayan obtenido la acreditación de su pertenencia a alguno de los clúster TIC de EUREKA.
Subvención máxima
Los beneficiarios que participen en este subprograma podrán obtener un importe máximo de subvención,
expresado como porcentaje del presupuesto financiable, del:
a) 50 % para PYMES y del 40% para el resto de beneficiarios siempre que en la evaluación del criterio de
innovación tecnológica se alcance una nota mayor o igual que 17 puntos.
b) 35 % para PYMES y del 25% para el resto de beneficiarios siempre que en la evaluación del criterio de
innovación tecnológica se alcance una nota mayor o igual que 13 puntos.
c) 30 % para PYMES y del 20% para el resto de beneficiarios siempre que en la evaluación del criterio de
innovación tecnológica se alcance una nota mayor o igual que 8 puntos
Presupuestos mínimos y máximos:
- Los proyectos deberán tener un presupuesto de al menos 200.000 euros.
- Los proyectos no podrán tener un presupuesto superior a 10.000.000 euros.
Modalidades de participación:
- a) Los proyectos deberán realizarse en la modalidad individual, con las condiciones señaladas en la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
- b) Los proyectos con presupuesto superior a 1.000.000 de euros, deberán contar con subcontrataciones por un importe que ascienda al menos al 25 por ciento del presupuesto presentado.
Subprograma EUREKA (ANEXO II)
Digido a fomentar la cooperación internacional en el desarrollo de tecnologías con gran valor tecnológico y alto potencial de tracción en el marco de la iniciativa europea EUREKA.
Beneficiarios: los señalados en el artículo 5 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, excepto las entidades del sector público y los profesionales autónomos
- Empresas.
- Organismos de investigación.
- Agrupaciones o asociaciones empresariales
Tipos de proyectos y prioridades temáticas.
Podrán recibir ayudas los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental que hayan obtenido la acreditación de su pertenencia a alguno de los clúster TIC de EUREKA, PENTA, EURIPIDES, ITEA3 y CELTIC-PLUS, y, que se encuadren en las prioridades temáticas definidas en el anexo IV y contempladas en el artículo 4 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas
Subvención máxima: El importe máximo de subvención para los beneficiarios, expresado como porcentaje del presupuesto financiable, siempre que exista disponibilidad presupuestaria, podrá ser del:
a) 60% para pequeñas empresas, 50% para medianas empresas y 40% para el resto de beneficiarios siempre que en la evaluación del criterio de innovación tecnológica se alcance una nota mayor o igual que 17 puntos.
b) 45% para pequeñas empresas, 35% para medianas empresas y 25% para el resto de beneficiarios siempre que en la evaluación del criterio de innovación tecnológica se alcance una nota mayor o igual que 8 puntos.
Presupuestos mínimos y máximos
- Los proyectos deberán tener un presupuesto superior a 200.000 euros.
- Los proyectos no podrán tener un presupuesto superior a 3.500.000 euros.
Modalidades de participación.
- Los proyectos deberán realizarse en la modalidad individual, con las condiciones señaladas en la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
- Los proyectos con presupuesto superior a 1.000.000 de euros, deberán contar con subcontrataciones por un importe que ascienda al menos al 25 por ciento del presupuesto presentado.
Prioridades temáticas (anexo IV)
- Industrias del futuro:
– Componentes y sistemas.
– Internet del futuro.
–Cloud Computing.
–tratamiento masivo de datos.
– High Performance Computing (Super computación).
– Robots y sistemas autónomos.
– Ciudades inteligentes.
– Internet de las cosas.
– Fabricación Aditiva (Impresión 3D)
2. Industria conectada 4.0
3. Ciberseguridad y confianza digital.
4. Salud y bienestar.
5. Agroalimentario y gestión medioambiental, eficiencia energética
6. Transporte y logística.
7. Contenidos digitales.
Desde Arrabe Integra, somos expertos en analizar y orientar al cliente en la tramitación de ayudas y subvenciones. La experiencia nos avala, y hemos conseguido financiación para el 100% de los proyectos presentados durante los últimos 4 ejercicios.
ARRABE INTEGRA
Dpto. Control de Gestión