Quedan pocos días de plazo para presentar la solicitud de la Subvención NEOTEC 2018, que nuestros colaboradores en este ámbito Acker & Partners nos resumen a continuación. La Subvención NEOTEC se concede a empresas jóvenes, de base tecnológica y en las que el desarrollo tecnológico y la innovación son el factor diferencial de la empresa, y con un capital social totalmente desembolsado.
Organismo:
Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I
Ámbito:
LA Subvención NEOTEC es de ámbito Nacional
Plazo:
Desde el 17/07/2018 hasta el 2/10/2018
Finalidad:
Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales. Que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Por tanto, la tecnología y la innovación serán factores competitivos que contribuyan a la diferenciación de la empresa y que sirvan de base a la estrategia y al plan de negocio a largo plazo, con el mantenimiento de líneas de I+D propias.
Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.
Cuantía:
- Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones.
- La subvención financiará hasta el 70% del presupuesto de la actuación con un importe máximo de subvención de 250.000€ por beneficiario.
- La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros.
- Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales.
- En todo caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2019, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2019, o bien el 31 de diciembre de 2020.
- Las ayudas podrán ser compatibles con la percepción de otras ayudas procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, internacionales, o de la Unión Europea, en los términos establecidos
El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 25.000.000 euros y se financiará con cargo a los fondos propios del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial.
Beneficiarios de la Subvención NEOTEC:
En cualquier caso, los beneficiarios deberán cumplir asimismo los siguientes requisitos:
- Deberán ser pequeñas empresas (menos de 50 asalariados). Y un volumen de negocios anual o balance general inferior a 10 millones de euros.
- Necesariamente no podrán estar cotizadas.
- Adicionalmente, estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda de la presente convocatoria. A contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa. Asimismo, la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa deberá ser al menos seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda. (antes del 20/09/2014)
- Además, no deberán haber distribuido beneficios.
- En ningún caso, si hubieran surgido de una operación societaria de las contempladas en la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
- Adicionalmente, deberán contar con un capital social mínimo o capital social mas prima de emisión o asunción de 20.000€. Que esté desembolsado íntegramente mediante aportaciones dinerarias y/o mediante compensación de créditos de los socios. Por último, inscrito en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.
- Con las cuentas anuales de los últimos ejercicios, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente.
¿Que se considera empresa innovadora?
Se considerará empresa innovadora a toda empresa que cumpla al menos uno de los siguientes requisitos:
- Que pueda demostrar, que desarrollará en un futuro previsible productos, servicios o procesos nuevos. Al menos, mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica en su sector. Y que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial.
- Que sus costes de investigación y desarrollo que representen un mínimo del 10% del total de sus costes de explotación. Durante al menos uno de los tres años previos a la concesión de la ayuda. Para aquellos casos de una empresa nueva sin historial financiero, esta condición debe cumplirse en el ejercicio fiscal en curso.
Para acreditar la concurrencia cualquiera de estos requisitos se exigirá la certificación de un auditor externo.
Información y tramitación:
– La evaluación constará de una única fase.
– Convocatoria: pinche en este enlace
Si necesita mas información o ayuda, contacta con nosotros.
Arrabe Integra
Hola buenos días. He leído toda la información expuesta en el post ya que me parece de una buena relevancia para conocer este tipo de subvenciones para empresas. Siempre podemos aprender algo nuevo y diferente que poder compartir con otros. Un saludo y buen trabajo!!
Muchas gracias por seguirnos y tus comentarios. Un saludo