Desde el 1 de Enero de 2016, como consecuencia de la reforma fiscal, se aplican nuevos tipos de retención e ingresos a cuenta en IRPF.
Dado que la responsabilidad de aplicar correctamente las retenciones corresponde al pagador de la renta, deberemos asegurarnos de que estamos reteniendo al tipo correcto. Algunos de los cambios más significativos respecto al ejercicio 2015 son los siguientes:
- Las retenciones aplicables a los consejeros, con carácter general, bajan del 37 % al 35 % en 2016.
- Las retenciones en alquileres de bienes inmuebles de naturaleza urbana descienden del 19,5 % al 19 %.
- Del mismo modo, las retenciones en el reparto de dividendos se reducen también del 19,5 % al 19 %.
Sin embargo, las retenciones aplicables con carácter general a los profesionales se mantienen en el 15 %, mismo tipo de retención que el aplicable desde 12 de Julio de 2015.
Un resumen completo de los tipos de retención aplicables puede encontrarse en el siguiente cuadro, publicado por la Agencia Tributaria: Tipos de retención ejercicio 2016.
ARRABE INTEGRA
Departamento Fiscal