Se han establecido nuevos límites al pago en efectivo, desde el pasado 9 de julio. Fecha en la que ha entrado en vigor la nueva Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. La cual, entre otras cosas, viene a establecer nuevas limitaciones cuantitativas a los pagos en efectivo.
Ya adelantamos este cambio y algunos otros mas, cuando hablamos de la reforma fiscal que incluirían los PGE 2021
Nuevos límites al pago en efectivo
Estos nuevos límites se establecen para operaciones en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional. Tanto para el pago en euros como su contravalor en moneda extranjera.
Además, establece un importe límite para el caso cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España. Y no actúe en calidad de empresario o profesional.
A continuación, hemos establecido un cuadro comparativo de las restricciones que existían hasta la fecha y las que están ya operativas desde el 11 de julio.
Antes |
Ahora |
|
Operaciones en las que intervenga un empresario o profesional. |
2.500€ |
1.000€ |
Pagadores persona física No Residente fiscal y no empresario o profesional. |
15.000€ |
10.000€ |
Las nuevas limitaciones resultarán de aplicación a todos los pagos efectuados a partir de la entrada en vigor de la norma, aún cuando se refieran a operaciones concertadas con anterioridad al establecimiento de la limitación.
Sanciones
Estos nuevos límites hacen que las sanciones se adapten a ellos. Al igual que ocurría hasta ahora, la sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 25% de la base de la sanción prevista.
Y esta será ahora la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000€ o 10.000€, o su contravalor en moneda extranjera.
Arrabe Integra
Asesoría Jurídica