En España, cuándo eres autónomo, tienes ciertas obligaciones que cumplir para evitar tener problemas fiscales con tu negocio. Para evitar estos problemas tan desagradables, debes de conocer cuáles son las obligaciones fiscales que tienen los autónomos, desde los impuestos hasta las declaraciones y los tiempos en los que debes presentarlos.
Las obligaciones fiscales que debes cumplir como autónomo
Como autónomo, tendrás que realizar unas obligaciones fiscales que pueden llegar a ser complejas y confusas en ciertas ocasiones, pero principalmente las básicas y comunes para todos los tipos de autónomos son las siguientes.
Tienes que darte de alta en Hacienda
Lo primero que debes hacer es darte de alta como autónomo en el RETA, que es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, pero no es el único trámite, también tienes que registrarte en la página oficial de la Agencia Tributaria, la AEAT. Luego, tienes que presentar el modelo 036, que se trata de una declaración censal donde se muestra, detalladamente la actividad empresarial a la que te dedicas, donde vas a estar ubicado; esto se hace a través de los diferentes epígrafes que hay dentro del IAE, el Impuesto de Actividades Económicas.
Paga los impuestos que te corresponden
Al principio te costará organizarte con esto, pero debes mantener una buena organización para evitar penalizaciones. Vas a tener que presentar el IVA, que es el Impuesto sobre el Valor Añadido, y el IRPF, que se trata del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas. Ambos tienen que presentarse cada trimestre del año.
Hay que presentar varios tipos de declaraciones
Aunque hay una muy conocida y que todos tenemos en mente, ya que se presenta, aunque no seas autónomo, como es la Declaración de la Renta, hay otros más desconocidos como son la Declaración de Retenciones e ingresos a cuenta, las declaraciones resumen anuales y la declaración anual de operaciones con terceros.
¿Cuáles son los impuestos que debes pagar como autónomo?
Ahora es el momento de conocer mas detalladamente los impuestos, cuando se pagan y y en función a que se determinan.
IRPF: Impuesto sobre las Renta de las Personas Físicas
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es el impuesto que grava las rentas obtenidas por los autónomos. Los profesionales autónomos pueden elegir entre varios regímenes para tributar, siendo los más comunes:
- Estimación Directa Simplificada: para autónomos con ingresos inferiores a 600.000 euros anuales. Permite deducir gastos reales, como suministros o alquileres.
- Estimación Directa Normal: similar a la anterior, pero para aquellos con ingresos superiores a 600.000 euros o que decidan no acogerse al régimen simplificado.
- Estimación Objetiva (Módulos): basado en parámetros objetivos como el tamaño del local, el personal empleado o el consumo energético, y está disponible para ciertos sectores.
El IRPF se liquida trimestralmente mediante el modelo 130 (para estimación directa) o el modelo 131 (para módulos). El plazo para su presentación es hasta el día 20 de abril, julio y octubre, y hasta el 30 de enero del siguiente año.
IVA: Impuesto sobre el Valor Añadido
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo indirecto que grava el consumo. Los autónomos lo añaden a las facturas de sus clientes y lo pagan en las compras a proveedores. La diferencia entre el IVA cobrado y pagado se ajusta trimestralmente mediante el modelo 303. Si el IVA cobrado es mayor, se paga la diferencia a Hacienda; si es menor, se puede solicitar una devolución o compensarlo. Además, si realizas operaciones intracomunitarias, deberás presentar el modelo 349 para declarar estas transacciones.
IAE: Impuesto de Actividades Económicas
El Impuesto de Actividades Económicas (IAE) grava las actividades empresariales, profesionales o artísticas dentro del territorio nacional. Aunque todos los autónomos deben registrarse, la mayoría está exenta de pagarlo si su facturación no supera los 1.000.000 de euros anuales. Al darse de alta en Hacienda, los autónomos deben seleccionar el epígrafe correspondiente a su actividad, lo que definirá su régimen tributario y los beneficios fiscales aplicables.
Cómo autónomo, tienes que presentar estas declaraciones
En función de la actividad empresarial a la que te dediques, vas a tener que presentar un impuesto u otro. Del mismo modo que hay declaraciones que se tienen que hacer al trimestre y otras al año.
Declaraciones trimestrales
Las declaraciones que tendrás que presentar tu o tu asesor cada trimestre son:
- Modelo 303: declaración trimestral del IVA.
- Modelo 130 o 131: declaración trimestral del IRPF, dependiendo del régimen de estimación.
- Modelo 111: si tienes empleados o colaboras con otros autónomos, debes presentar este modelo para declarar las retenciones aplicadas en nóminas o facturas.
- Modelo 115: si pagas el alquiler de un local de negocio y la factura incluye retención, este modelo es obligatorio para declarar esas retenciones
Declaraciones anuales
Además, también debes tener en cuenta las declaraciones anuales.
- Modelo 390: resumen anual del IVA.
- Modelos 180 y 190: resúmenes anuales de las retenciones realizadas en alquileres y nóminas, respectivamente.
- Modelo 347: declaración anual de operaciones con terceros, donde debes informar sobre las operaciones que superen los 3.000 euros anuales con proveedores o clientes.
- Modelo D-100: declaración anual del IRPF, que debe presentarse entre mayo y junio.
Declaración del Impuesto de Sociedades
Si como autónomo piensas constituir una sociedad mercantil, deberás presentar el Impuesto de Sociedades utilizando el modelo 200. Además, tendrá que realizar pagos fraccionados de manera trimestral mediante el modelo 202.
Cómo autónomo, hay otros puntos que también tienen cierto interés, como contar con un calendario fiscal donde venga establecido de manera clara cuáles son las fechas para presentar las diferentes declaraciones. También debes de saber que puedes fraccionar los pagos por si en alguna ocasión te ves apurado, de este modo evitarás las sanciones y los recargos de Hacienda por no cumplir con los tiempos legales.