El Programa de la Comunidad de Madrid de Ayudas a la Pyme para fomentar RSC y Conciliación se amplia. En concreto en 2.000.000€ el incremento del gasto autorizado para el programa de fomento de la responsabilidad social y la conciliación laboral durante el año 2019.
A continuación los expertos de nuestra Asesoría Laboral recuerdan las bases de este programa cuyo objeto es fomentar la responsabilidad social en el ámbito de la PYME. Y en segunda línea promover la efectiva conciliación en el ámbito laboral en equilibrio con las necesidades organizativas de la empresa.
Ayudas a la Pyme para fomentar RSC y Conciliación. Requisitos
Pueden acceder a dichas ayudas quienes desarrollen su actividad dentro de la Comunidad de Madrid y cumplan los siguientes requisitos.
Requisitos generales:
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- Tener contratados un mínimo de 1 trabajador y un máximo de 250 trabajadores,
- No superar los 50 millones de euros de volumen de negocio anual o tener un balance inferior a 43 millones de euros,
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de seguridad social.
Líneas objeto de subvención
Para acceder a la primera línea del programa relativa a la responsabilidad social:
- obtener alguna certificación de normas o estándares en materia de responsabilidad social (Norma SA 8000, la Norma ISO 26000, la Certificación IQNet SR10, la norma UNE 165010 EX). O bien poner en marcha planes directores, programas o acciones que tengan por objeto obtener dicha certificación. Así como la participación activa en iniciativas que fomenten la responsabilidad social.
Para acceder a la segunda línea del programa de conciliación en el ámbito laboral:
- Formalizar al menos un acuerdo de flexibilidad horaria o teletrabajo, por un periodo no inferior a un año, con un trabajador vinculado a la empresa por contrato laboral, o bien acuerdo colectivo con sus trabajadores.
Importe de las subvenciones
- En la primera línea, la cuantía será, sin que pueda exceder de 2.500€ por empresa, el equivalente al 75% del coste que se ocasione para la obtención de la norma o estándar, la puesta en marcha del Plan Director, Programa o acción que sea necesario para dicha certificación o norma. O la pertenencia activa a iniciativas que fomenten la responsabilidad social.
- En la segunda línea, en caso de teletrabajo, las ayudas consistirán en un incentivo de 2.500€ por trabajador con acuerdo individual o colectivo. Y en el caso de flexibilidad horaria, la cuantía será de 2.500€ por persona. El límite máximo en ambos casos será de 10.000€ por cada una de las sub-líneas y empresa.
Solicitudes de las Ayudas
Las solicitudes deberán formalizarse en los modelos establecidos al efecto, en un plazo de tres meses desde que se realice la actividad objeto de la subvención. Con carácter excepcional, para aquellas actuaciones subvencionables desarrolladas a partir del 1 de enero de 2018 y que no puedan presentar la solicitud por haber trascurrido el plazo de los tres meses desde que se realizaron, se dispondrá de un plazo de tres meses desde la entrada en vigor del acuerdo que desarrolla el presente programa de ayudas.
En ambas líneas la solicitud debe acompañarse de la documentación requerida. Que deberá ir acompañada de Memoria explicativa y presupuestaria (económicamente). O explicativa de la participación y actuaciones a realizar entre otros.
El plazo máximo para resolver la concesión de las subvenciones será de 6 meses desde que se presente la solicitud.
Una vez concedida, el pago se efectuará de manera nominativa y en un solo pago por la totalidad de la cuantía concedida. Tras la acreditación de los pagos y gastos realizados.
Si necesita ayuda, no dude en contactar con nosotros.
Arrabe Integra
Asesoría Laboral
Hola.
¿Ayudais a mi empresa con las gestiones para esta subvenciòn?
Saludos
Hola Carlos:
Por supuesto que podemos ayudaros. Nos pondremos en contacto contigo a través del correo que nos has proporcionado.
Un cordial saludo.