Aprobado el proyecto de ley de startups por el Consejo de Ministros del 10 de Diciembre de 2021. Ya se ha realizado la remisión a las Cortes Generales del proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, más conocida como Ley de Startups. De superar el trámite parlamentario, entraría en vigor a mediados o finales del año 2022.
El objetivo del proyecto es posicionar a España a la vanguardia de Europa en apoyo al ecosistema de empresas innovadoras de base tecnológica, atracción de inversión y talento.
Proyecto de ley de startups
Se adapta el marco administrativo, fiscal, civil y mercantil aplicable a las startups, con una serie de medidas que resumimos a continuación.
Empresas emergentes
Esta ley será de aplicación sólo a empresas de base tecnológica que reúnan simultáneamente unas condiciones:
- Ser de nueva creación o con una antigüedad máxima de 5 años. Con una excepción de 7 años en compañías de biotecnología, energía, industriales y otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia.
- Con sede social o establecimiento permanente en España.
- El 60 % de la plantilla deberá tener un contrato laboral en España.
- Ser una empresa innovadora.
- No distribuir ni haber distribuido dividendos.
- No cotizar en un mercado regulado.
- Si pertenece a un grupo de empresas definido en el artículo 42 del Código de Comercio, el grupo o cada una de las empresas que lo componen debe cumplir con los requisitos anteriores.
- Facturación anual máxima de 5 millones de euros.
- No ser resultado de una operación de reestructuración societaria (fusión, escisión o transformación, concentración o segregación)
Agilidad en las gestiones
Empresas Nacional de innovación SME (ENISA)
A través de esta ventanilla única, se otorgará la declaración del carácter innovador de la empresa para que pueda acogerse a los beneficios de este proyecto. La innovación propuesta podrá ser de producto o de negocio. Los Puntos de Atención al Emprendimiento (PAE) y la Oficina Nacional de Emprendimiento (ONE) actuarán como puntos de información sobre medidas de apoyo y ayudas. Con el apoyo de un portal web de referencia en español e inglés.
Agilidad administrativa
Se prevé la gratuidad de aranceles respecto a notarios y registradores, en la constitución de sociedades limitadas, así como en la publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME). Se fomenta la creación de la empresa por medios telemáticos. Podrán registrarse de manera digital y estar constituidas en un plazo de 6 horas con unos estatutos tipos. Se extendería, como máximo, hasta los 5 días si se hicieran unos estatutos personalizados. Se establece la no obligatoriedad de obtener el número de identificación de extranjeros (NIE) para los inversores no residentes, exigiendo sólo que ellos y sus representantes obtengan un NIF.
Incentivos del proyecto de ley de Startups
Se concretan una serie de medidas en diferentes campos.
Incentivos fiscales
En primer lugar, rebaja del tipo impositivo al 15% (frente al 25%) en el impuesto de sociedades (IS). Y el impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR) aplicable al primer ejercicio con beneficios y a los 3 siguientes.
Además, se concederá el aplazamiento de la deuda tributaria, del Impuesto de Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de No Residentes en los 2 primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva. Esto sin garantías ni intereses de demora, y por un periodo de 12 y 6 meses. Se elimina la obligación de efectuar pagos fraccionados del IS y del IRNR en los 2 años posteriores a aquel en el que la base imponible sea positiva.
Por último en la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación. Se amplía también la base máxima de 60.000€ a 100.000€ anuales. El tipo de deducción pasa del 30% al 50%. El periodo en el que se considera de “reciente creación” sube de 3 a 5 años, con carácter general, o a 7 para empresas de ciertos sectores.
En el caso de los nómadas digitales. Se prevé que aquellos emprendedores y teletrabajadores internacionales que se desplacen a España podrán residir y trabajar en España durante 5 años. Podrán acogerse al régimen tributario especial de impatriados (“Ley Beckham”). El requisito exigido de no residencia previa en España se reduce de 10 a 5 años.
Incentivos sociales
Se prevé la eliminación durante 3 años de la doble cotización a la Seguridad Social en caso de pluriactividad. Para emprendedores que trabajen de forma simultánea para un empleador por cuenta ajena.
Stock options a trabajadores de startups
Primero se eleva de 12.000 a 50.000€ anuales el importe de la exención de tributación de las stock options. No será requisito aplicar igualdad en las condiciones en el ofrecimiento de la remuneración en stock options.
Finalmente, se difiere el pago fiscal hasta el momento en que se produzca la venta de dichas participaciones o la sociedad salga a bolsa.
Incentivos mercantiles
Las startups no incurrirán en causa de disolución por pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social. Siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso. Así será durante los 3 primeros años desde su constitución.
Autocartera. Se permite la adquisición de participaciones propias, hasta el 20% del capital como máximo, para su entrega a los administradores, empleados u otros colaboradores de la empresa. Pero esto sólo con la
exclusiva finalidad de ejecutar un plan de retribución.






