El pasado 18 de diciembre, se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de Vivienda y Alquiler, que modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos, la Ley sobre Propiedad Horizontal y el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Entre otros cuerpos legales, conforme enumeramos a continuación:
Modificaciones en Materia de Vivienda y Alquiler
Modificaciones a la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Las siguientes modificaciones son aplicables a los contratos de arrendamiento suscritos a partir del 19 de diciembre de 2018.
- Se amplía el plazo de prórroga obligatoria (por voluntad del arrendatario) en los arrendamientos de vivienda. Pasa de tres a cinco años, o a siete si el arrendador es una persona jurídica.
- Finalizado el plazo de prórroga obligatoria mencionado en el punto anterior. Si ninguna de las partes manifiesta a la otra su voluntad de no renovar el contrato, se amplía el plazo de la prórroga tácita, de uno a tres años.
- Se establece la obligación de que los gastos de gestión inmobiliaria, en arrendamiento de vivienda, sean asumidos por el arrendador, cuando éste sea una persona jurídica.
- Para el arrendamiento de vivienda, se limita el importe que el arrendador puede exigir como garantía adicional a la fianza. Que no podrá exceder de dos mensualidades, más la mensualidad de fianza.
Modificaciones a la Ley sobre Propiedad Horizontal
Se incluye la posibilidad de que los propietarios limiten o condicionen el ejercicio de la actividad de alquiler turístico en la comunidad. Para ello se requerirá el voto favorable de tres quintas partes del total de propietarios y de cuotas de participación. Incluso cuando dicha limitación suponga una modificación de los estatutos. Es decir que no se requerirá la unanimidad para esta clase de acuerdos.
Modificaciones a la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Se establece la exención del pago del impuesto para los arrendamientos de vivienda para uso estable.
Si quiere saber mas acerca de cómo pueden afectarles esta modificaciones a su caso particular, no dude en contactar con nosotros.
Arrabe Integra
Asesoría Jurídica