Beneficiarios de los préstamos
Podrán solicitar estos préstamos los autónomos, las entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG´s, Administración Pública), que realicen inversiones productivas en España y/o necesiten cubrir sus necesidades de liquidez con independencia de su domicilio social o fiscal y de si la mayor parte de su capital es español o extranjero.
También pueden solicitar financiación a través de esta línea, los particulares, comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidades de propietarios para la rehabilitación de vivienda y edificios o reforma de sus elementos comunes.
Existen distintas líneas, de las que indicamos las principales:
A) INVERSION Y LIQUIDEZ
1. Liquidez: necesidades de circulante tales como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.
2. Inversiones productivas dentro de territorio nacional:
- Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano.
- Vehículos turismos, cuyo precio no supere los 30.000 euros más IVA. Los vehículos industriales podrán financiarse en un 100%.
- Adquisición de empresas · Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)
- Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida.
- Rehabilitación o reforma de edificios, elementos comunes y viviendas (IVA o impuestos análogos incluidos) en el caso de comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y particulares.
Se podrán financiar las inversiones que se hayan realizado previamente a la firma de la operación, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2015.
Desde la fecha de firma de la operación el cliente dispondrá de un año para realizar la inversión objeto de financiación.
Importe máximo de 12,5 millones de euros de saldo vivo por cliente y año, en una o varias operaciones.
Modalidad de la operación
Cuando el destino sea Inversión podrá pedirse bajo la modalidad de préstamo o de leasing y cuando sea Liquidez se solicitará bajo la modalidad de préstamo.
Plazo de amortización y carencia
Dependiendo del destino de la financiación, el cliente puede escoger entre las siguientes alternativas:
1. Liquidez 100%:
- 1 año con 0 ó 1 año de carencia de principal
- 2 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
- 3 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
- 4 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
2. Inversión:
- 1 año con 0 ó 1 año de carencia de principal
- 2 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
- 3 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
- 4 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
- 5 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
- 7 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
- 10 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
- 12 años con 0 ó 2 año de carencia de principal
- 15 años con 0 ó 2 año de carencia de principal
- 20 años con 0 ó 2 año de carencia de principal
Para aquellas operaciones cuya finalidad sea Inversión y Liquidez, se podrá elegir cualquiera de los plazos de amortización establecidos para Inversión.
Tipo de interés del préstamo
El cliente podrá elegir entre un tipo de interés fijo o variable:
- Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 2,30 %
- Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,00%.
- Para operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,30%.
En el apartado “Tipos de Interés” que figura en la ficha del producto en www.ico.es podrá consultar el tipo final máximo para el cliente (TAE), según el plazo y la modalidad escogida, que se puede aplicar a las nuevas operaciones que se formalicen dentro de esta Línea. Estos tipos de interés se actualizan con carácter quincenal.
Si la operación se formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido el contrato de financiación.
Garantías
La Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas salvo aval de la SGR o SAECA.
Comisiones y gastos
La Entidad de Crédito no aplicará ninguna comisión al cliente, salvo la de amortización anticipada voluntaria que con carácter general será del 2,50% sobre el importe cancelado cuando la vida residual de la operación sea superior a un año y del 2% cuando ésta sea inferior o igual a un año. En caso de amortización anticipada obligatoria, se devengará una penalización del 3 % sobre el importe cancelado.
B) CREDITO COMERCIAL
Beneficiarios:
Como novedad en 2016, se lanza la nueva línea ICO CRÉDITO COMERCIAL 2016 orientada a autónomos y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad comercial dentro del territorio nacional.
Se podrán anticipar las facturas con fecha de vencimiento no superior a 180 días a contar desde la fecha de la firma de la operación. Se podrá financiar hasta el 100% de la factura siempre que no supere el importe máximo de 12,5 millones de euros de saldo vivo por cliente y año, en una o varias disposiciones.
Tipo de interés:
Variable (seis meses) más un margen de hasta el 2,30 %. Comisiones y gastos: La entidad bancaria NO APLICARA comisión al cliente salvo en caso de amortización anticipada obligatoria que devengará una penalización del 1,50 % sobre el importe cancelado.
C) INNOVACION FONDO TECNOLOGICO
Beneficiarios:
Serán las empresas innovadoras, entendiendo que tienen esta consideración las que realicen inversiones productivas en España (requisitos definidos por la Dcción. General de Innovación y Competitividad del Ministerio de Economía y Competitividad), o cuyo cif figure en la relación de empresas innovadoras elaborado por la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
Conceptos financiables:
La financiación se destinará a financiar inversiones productivas dentro de territorio nacional (IVA/IGIC no incluido), tanto en activos nuevos como de segunda mano. Se financiará hasta el 100 % del proyecto de inversión, cuyas facturas sean pagadas con posterioridad a l fecha en la que se formalice el contrato de préstamo entre la empresa y la Entidad de Crédito. Desde la fecha de la firma de la operación, el cliente dispondrá de un año para realizar la inversión objeto de la financiación.
Importe máximo por cliente
El cliente máximo por cliente y año es de 1,5 millones de euros, en una o varias operaciones.
Plazo amortización y carencia:
1, 2, 3, 5 y 7 años con la posibilidad de 1 año de carencia.
Tipo de interés del préstamo
El cliente podrá elegir entre un tipo de interés fijo o variable:
- Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo fijo o variable, más un margen de hasta 2,30 %.
- Para operaciones a plazo de 2 y 3 años: tipo fijo o variable, más un margen de hasta 4 %.
- Para operaciones a plazo superior a 3 años: tipo fijo o variable, más un margen de hasta 4,30 %
Comisiones y gastos
La entidad de crédito no aplicará ninguna comisión al cliente, salvo la amortización anticipada voluntaria que con carácter general será del 1,75% sobre el importe cancelado.
En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 2,5 % sobre el importe cancelado.
Obligaciones tras formalización
El cliente está obligado a custodiar los documentos acreditativos de la inversión y de la financiación, y a contabilizar tanto la operación de financiación como las facturas o documentación justificativa y los pagos realizados.
ARRABE INTEGRA
Servicio de creación y puesta en marcha de empresas






