El día 29 de febrero finaliza el plazo para cumplir con la obligación informativa anual que se exige a las entidades en régimen de atribución de rentas (nuevo Modelo 184 regulado por la Orden HAP/2250/2015) correspondiente al ejercicio 2015.
Las entidades en régimen de atribución de rentas (comunidades de bienes, sociedades civiles, herencias yacentes y entidades carentes de personalidad jurídica que constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición) están obligadas a presentar una declaración informativa relativa a las rentas a atribuir a sus socios, herederos, comuneros o partícipes en la que se identifica a los mismos y se detalla el importe y clase de las rentas obtenidas y las atribuibles a aquellos, la base de las deducciones, el importe de las retenciones e ingresos a cuenta y el importe neto de la cifra de negocios de la entidad.
1. OBLIGADOS A PRESENTAR EL MODELO 184:
Las entidades en régimen de atribución de rentas mediante las que se ejerza una actividad económica, o cuyas rentas excedan de 3.000 euros anuales, deberán una declaración informativa anual respecto a su actividad y composición durante el ejercicio precedente 2015.
No obstante, no estarán obligadas a presentar la citada declaración anual:
- Las entidades en régimen de atribución de rentas mediante las que no se ejerzan actividades económicas y cuyas rentas no excedan de 3.000 euros anuales.
- Las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero que obtengan rentas en territorio español sin desarrollar en el mismo una actividad económica.
En el caso de entidades constituidas en España, la obligación de suministro de información deberá ser cumplida por quien tenga la condición de representante de la entidad. En cuanto a las entidades constituidas en el extranjero, la citada obligación deberá ser efectuada por cualquiera de los miembros de la entidad contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades.
2. OBLIGACIONES DE INFORMACION:
Las mencionadas entidades en régimen de atribución de rentas deberán presentar anualmente esta declaración informativa en la que, además de sus datos identificativos y, en su caso, los de su representante, deberá constar la siguiente información:
- Identificación, domicilio fiscal y número de identificación fiscal de sus socios, herederos, comuneros o partícipes, residentes o no en territorio español, incluyéndose las variaciones en la composición de la entidad a lo largo de cada período impositivo.
- Importe total de las rentas obtenidas por la entidad y de la renta atribuible a cada uno de sus miembros.
- Bases de las deducciones.
- Importe de las retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad y los atribuibles a cada uno de sus miembros.
- Importe neto de la cifra de negocios. En la declaración se incluirán las siguientes rentas, calculadas por diferencia entre ingresos y gastos:
- Rendimientos capital mobiliario.
- Rendimientos capital inmobiliario: como novedad en este ejercicio, las rentas atribuidas que se deriven de inmuebles (rendimientos del capital mobiliario, ganancias y pérdidas patrimoniales) irán acompañadas de la referencia catastral del inmueble del que proceden.
- Rendimientos actividades económicas.
3. FORMAS DE PRESENTACIÓN DEL MODELO:
En este sentido, se prevé la presentación por vía electrónica, así como en soporte directamente legible por ordenador.
ARRABE INTEGRA
Departamento Fiscal






