A un mes para el final del año, estamos en el momento idóneo para adoptar medidas que contribuyan a reducir nuestra Declaración de IRPF 2018. Declaración que se presentará entre los meses de Abril y Junio de 2019.
A continuación analizaremos aquellas que pueden resultar más interesantes y que nos ayudarán a planificar el cierre del ejercicio.
Declaración de IRPF 2018. Como rebajarla
Aportaciones a Planes de Pensiones y Planes de Previsión asegurados
Pese a los rumores sobre una posible eliminación de las ventajas fiscales de los mismos en un futuro, se mantiene aún su favorable tratamiento fiscal. Así, estas aportaciones reducen la base imponible hasta en 8.000€, con el límite del 30% de la suma de rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. Además, si se ha llegado al límite, es posible también reducirse hasta 2.500€ por aportaciones a sistemas de previsión social del cónyuge. Cuando éste obtenga rendimientos del trabajo o de actividades económicas inferiores a 8.000€. O bien cuándo no obtenga rendimientos de este tipo en cuantía alguna.
Las aportaciones a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad también darán derecho a reducciones en la base imponible. Que en el caso de que exista relación de parentesco pueden llegar hasta los 10.000€ anuales. Siempre que se trate de personas con un grado de minusvalía física o sensorial igual o superior al 65%. Psíquica igual o superior al 33%. Así como de personas que tengan una incapacidad declarada judicialmente.
Deducción por adquisición de vivienda habitual.
Si se adquirió la vivienda habitual antes de 2013 y se dedujo por ella, puede aprovechar todavía la deducción por inversión en vivienda. Por ello, conviene calcular si interesa agotar el límite de 9.040€ entre intereses y capital amortizado del préstamo que se utilizó para pagarla y conseguir un máximo de deducción de 1.356€. O si se trata de un matrimonio que compró a medias, declarar por separado y amortizar el doble, 18.080€.
Donativos.
Los donativos a ONGs, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro permiten deducir un 75% sobre los primeros 150€. Y un 30% sobre lo que exceda de esa cantidad pudiendo subir al 35% si es el tercer año que se dona a la misma entidad y la donación ha sido igual o superior a la del anterior.
Respecto a este punto, tenga en cuenta que en las últimas semanas la Agencia Tributaria viene imponiendo un nuevo criterio. Por el que no permite aplicar la deducción por donativos a aquellos que se realizan a colegios concertados y por los que se obtienen determinadas prestaciones educativas como contraprestación.
Conserve también los justificantes de las cuotas sindicales o de colegios profesionales de carácter obligatorio. Ya que siempre que no excedan los 500€, desgravan en la próxima Declaración de IRPF como gastos deducibles. Tanto de sus rendimientos del trabajo como de sus rendimientos de actividades económicas.
Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación.
Para incentivar este tipo de inversiones, se ha mejorado en este ejercicio esta deducción. Así, los contribuyentes podrán deducirse el 30% de las cantidades satisfechas por la suscripción de acciones o participaciones en estas empresas cuando se cumplan determinados requisitos y condiciones. La base máxima de deducción es de 60.000€ anuales.
Exenciones en la transmisión de la vivienda habitual.
Si usted va a transmitir su vivienda habitual, tenga en cuenta que si tiene más de 65 años su potencial ganancia patrimonial quedará exenta de tributación en su Declaración de IRPF. Si es menor a esa edad, recuerde que la ganancia podrá quedar exenta si la totalidad de las cantidades recibidas se destinan a la compra de una nueva vivienda habitual.
En caso de no destinarse totalmente lo percibido a una nueva vivienda habitual, sólo parte de la ganancia podrá quedar exenta.
Exenciones en ganancias patrimoniales para mayores de 65 años.
Además de la exención en la venta de la vivienda habitual antes citada, los contribuyentes mayores de 65 años podrán excluir de gravamen las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales. No necesariamente inmuebles, siempre que el importe (total o parcial) obtenido por la transmisión se destine en el plazo de seis meses a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor, con el límite de 240.000€.
Pérdidas y ganancias.
Si en 2018 ha transmitido algún elemento patrimonial obteniendo por ello una plusvalía. Sería buen momento plantearse vender esas acciones que nunca recuperarán su valor de compra generando minusvalías que compensarán la ganancia patrimonial que ya se ha materializado.
Deben comprobarse también las auto-liquidaciones de los 3 años anteriores. Por si tiene aún pérdidas que nunca pudieron compensarse. Y, en consecuencia, decidir ahora alguna venta que generaría plusvalías que en años futuros no podría compensar por exceder de los 4 años permitidos para compensarlos.
Gastos en atenciones a clientes.
Si se plantea realizar gastos de atenciones a clientes y proveedores antes de que termine el año y va a superar el límite de deducibilidad establecido en el 1% del importe neto de la cifra de negocios (volumen de ventas). Puede interesar aplazar el exceso de ese importe a 2019.
Reducción de los rendimientos de la actividad económica para nuevos emprendedores.
Aquellas personas que inicien una actividad económica tendrán derecho, durante los dos primeros ejercicios en los que la misma arroje un resultado positivo, a aplicar una reducción del 20 % en su rendimiento de la actividad económica (con una base máxima de 100.000 Euros) Si usted se encuentra en el segundo año con derecho a aplicar la reducción, puede ser interesante adelantar al ejercicio 2018 toda la facturación posible.
Arrendamientos de inmuebles.
Si prevé realizar gastos relacionados con inmuebles en alquiler, puede ser interesante realizarlos antes del cierre de 2018. De cara a reducir el rendimiento a declarar por el alquiler de los mismos. Además, en el caso del arrendamiento de vivienda se aplica una reducción del 60% en el rendimiento a declarar. Cosa que no sucede si el inmueble se destina al arrendamiento para el ejercicio de una actividad, o como alquiler turístico.
Jubilación y rescate de plan de pensiones.
Si usted se jubiló en 2010 o antes. Recuerde que 2018 es el último año en el que podrá rescatar en forma de capital su plan de pensiones con derecho a una reducción del 40% sobre el total o parte de lo rescatado. También 2018 será el último año para acogerse a este beneficio si se jubiló en 2016.
Dividendos.
Ante los insistentes rumores de una subida en los tipos impositivos del ahorro. Si usted es socio de una entidad y se plantea el reparto de un importante dividendo, puede ser interesante realizar el reparto en 2018 antes de una potencial subida de tipos.
Para cualquier consulta que tenga con respecto a su futura Declaración de IRPF, no dude en contactar con nosotros.
Arrabe Integra.
Departamento Fiscal