El registro salarial obligatorio busca que todas las empresas sean transparentes en materia de sueldos, ayudando a garantizar que mujeres y hombres reciban una remuneración justa y equitativa por trabajos de igual valor.
- Obligatoriedad: este registro es de carácter obligatorio y en el debe estar incluido todos los profesionales que trabajen para la empresa, incluidos los directivos y los altos cargos.
- Contenido del registro salarial: el informe ha de contemplar la media y la mediana de las distintas retribuciones, incluyendo el salario base, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales. La información debe mostrarse diferenciada por sexo y organizada por grupos profesionales, categorías o puestos de igual valor.
- Datos actualizados: este registro debe estar actualizado como mínimo anualmente, aunque lo ideal es
- Auditoría salarial: a diferencia del registro salarial, la auditoría salarial constituye una obligación únicamente para las empresas que cuentan con más de 50 empleados, formando parte esencial de su Plan de Igualdad.
- Sanciones: en el caso de no contar con el registro salarial obligatorio o que esté de forma incorrecta, puede considerarse como una infracción de carácter grave, con multas desde los 1.000 € hasta los 6.000 €, esto siempre dependerá del número de trabajadores y del tipo de error.

